▶ ¿Puedo vender productos o prestar servicios online sin estar dado de alta en Agencia Tributaria?
Vender productos o prestar servicios online
Vender por Internet o prestar servicios digitales se ha convertido en una forma habitual de iniciar una actividad económica. Sin embargo, muchos emprendedores y profesionales se preguntan si es posible hacerlo sin estar dados de alta en Agencia Tributaria o en la Seguridad Social. En este artículo analizamos las obligaciones fiscales y de cotización que deben tener en cuenta quienes comienzan a operar online, así como los criterios oficiales que determinan cuándo es obligatorio registrarse como autónomo.
CONTENIDOS: Vender productos o prestar servicios online
¿Qué es un autónomo y por qué necesito darme de alta?
Un trabajador autónomo es toda persona física que realiza de forma habitual, personal, directa y por cuenta propia una actividad económica con ánimo de lucro, según establece la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo.
Darse de alta como autónomo implica inscribirse en dos organismos públicos:
- En la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), también conocida como Agencia Tributaria y como Hacienda, mediante la presentación del modelo 036 simplificado o 037, para declarar el inicio de actividad económica y el correspondiente epígrafe del IAE.
- En la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), a través del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), que regula la cotización y la protección social del profesional independiente.
Si aún estás valorando la mejor forma jurídica para desarrollar tu proyecto, recuerda que también puedes optar por constituir una sociedad mercantil.
¿Cuándo debo registrarme en la Agencia Tributaria para vender online?
La Agencia Tributaria establece que todo contribuyente que inicie una actividad económica debe comunicarlo antes de comenzar a facturar, incluso si los ingresos iniciales son bajos o esporádicos. Esto se realiza mediante el modelo 036 simplificado o 037, disponible en la sede electrónica de la AEAT.
El alta en Agencia Tributaria no depende de la cuantía facturada, sino del hecho de realizar una actividad económica. Por tanto, cualquier persona que venda productos, ofrezca servicios online o gestione una tienda digital debe estar dada de alta desde el primer momento, aunque no tenga beneficios inmediatos.
Además, el alta en Agencia Tributaria conlleva presentar declaraciones trimestrales y resúmenes anuales de impuestos, como el IVA (modelo 303 y 390) y el IRPF (modelo 130 o 131), según el régimen de tributación elegido.
¿Qué significa que una actividad sea habitual?
El concepto de habitualidad es el elemento clave para determinar la obligación de cotizar en el RETA. Según la Seguridad Social, debe inscribirse quien realiza una actividad económica de forma habitual, personal y directa, con carácter lucrativo y sin contrato de trabajo.
No existe un límite económico oficial que determine cuándo una actividad es habitual. En el pasado se hablaba de ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) como posible umbral, pero ese criterio no tiene respaldo legal. Las autoridades pueden exigir el alta en el RETA aunque los ingresos sean reducidos, si consideran que la actividad tiene continuidad o vocación de permanencia.
En caso de duda, la interpretación más prudente es regularizar la situación cuanto antes. Una inspección puede exigir el alta retroactiva en el RETA, con recargos y sanciones.
¿Cómo se calculan las cuotas de la Seguridad Social para autónomos?
Desde 2023, el sistema de cotización de los autónomos se basa en los ingresos reales declarados. La Tesorería General de la Seguridad Social aplica diferentes tramos de cotización en función de los rendimientos netos.
Para 2025, las cuotas oscilan entre aproximadamente 200 € y 500 € mensuales, dependiendo del tramo declarado. El alta en el RETA otorga derecho a prestaciones por incapacidad temporal, jubilación o cese de actividad, entre otras coberturas.
La afiliación se realiza de forma telemática en la Sede Electrónica de la Seguridad Social, donde también se pueden comunicar los cambios de ingresos o de base de cotización.
¿Qué obligaciones fiscales tengo al vender productos o servicios online?
Al operar por Internet, los autónomos deben cumplir con las mismas obligaciones fiscales que cualquier actividad presencial. Las principales son:
- Declarar el IVA, salvo actividades exentas. Se liquida trimestralmente mediante el modelo 303, y anualmente con el modelo 390.
- Declarar los ingresos y gastos en el IRPF, utilizando el modelo 130 (estimación directa) o 131 (módulos).
- Emitir facturas completas con número correlativo, fecha, descripción del servicio o producto, base imponible, tipo de IVA e importe total.
Todos estos procedimientos deben gestionarse a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, y es recomendable conservar la documentación durante al menos cuatro años por posibles comprobaciones.
¿Qué errores comunes debo evitar al empezar mi actividad online?
- No comunicar el inicio de actividad: aunque los ingresos sean bajos, no estar dado de alta puede implicar sanciones tanto de Agencia Tributaria como de la Seguridad Social.
- Confundir ventas ocasionales con actividad económica: vender un objeto personal no es lo mismo que tener una tienda online. La habitualidad marca la diferencia.
- No registrar los ingresos correctamente: incluso las ventas realizadas a través de plataformas digitales (Etsy, Amazon, Shopify, etc.) deben declararse.
- Olvidar los impuestos indirectos: el IVA se aplica también a las operaciones online, con especial atención a la normativa de comercio electrónico intracomunitario.
¿Qué leyes y reglamentos debo conocer?
Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo
Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo define la figura del trabajador autónomo y establece los principios básicos de habitualidad, responsabilidad y afiliación al RETA.
Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
Regulado por la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)determina la tributación de los rendimientos obtenidos por los autónomos y las obligaciones de presentación de modelos trimestrales.
Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
Establecido por la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) regula la imposición indirecta sobre la venta de bienes y la prestación de servicios, aplicable también al comercio electrónico.
Real Decreto 439/2007 del Reglamento del IRPF
Real Decreto 439/2007 , de 30 de marzo, del Reglamento del IRPF desarrolla las normas de gestión y las obligaciones de declaración e ingreso del impuesto.
Sobre TSP Asesores, Tu Asesoría Online
En TSP ASESORES, Tu Asesoría Online, ofrecemos un servicio integral especializado en la gestión contable, fiscal y laboral de pequeñas sociedades y autónomos.
Te asesoramos en la selección de la estructura jurídica más adecuada para tu actividad económica, tanto si decides darte de alta como autónomo o como si prefieres constituir una sociedad mercantil. Además, simplificamos al máximo todos los trámites necesarios para que puedas iniciar tu actividad económica sin complicaciones.
Conoce nuestros servicios diseñados para pymes y autónomos. En TSP Asesores, encontrarás tarifas competitivas y acceso a información actualizada sobre temas de interés, como novedades laborales y avisos relevantes para tu negocio. Contáctanos hoy mismo para resolver tus dudas o descubrir cómo podemos ayudarte.
▶ Descubre las ventajas de trabajar con TSP Asesores, y consúltanos sin compromiso.
Síguenos en nuestras redes sociales.
