Responsabilidad limitada autónomos

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Responsabilidad limitada autonomos

Responsabilidad limitada autónomos

Responsabilidad limitada autónomos

Con la figura de la responsabilidad limitada autónomos, el trabajador por cuenta propia (emprendedor) con responsabilidad limitada, se regula en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, es una nueva figura creada por esta Ley para que las personas físicas puedan evitar que la responsabilidad derivada de sus deudas empresariales afecte a su vivienda habitual bajo determinadas condiciones.

Responsabilidad limitada autonomos

El empresario es libre de constituirse en emprendedor de responsabilidad limitada, pero si lo hace deberá cumplir las obligaciones establecidas en el nuevo marco jurídico. La creación de esta figura va acompañada de las oportunas garantías para los acreedores y para la seguridad jurídica en el tráfico mercantil.

La operatividad de la limitación de responsabilidad queda condicionada a la inscripción y publicidad a través del Registro Mercantil y el Registro de la Propiedad. Se exceptúan de la limitación de responsabilidad las deudas de derecho público. Los procedimientos de ejecución de estas deudas serán los establecidos en su normativa especial, con las especialidades previstas en la citada disposición adicional primera.

Quién puede acogerse a esta figura

Cualquier persona física que ejerza una actividad económica empresarial o profesional y cumpla los requisitos establecidos para ello, podrá acogerse a la figura de responsabilidad limitada autónomos, trabajador autónomo de responsabilidad limitada.

De esta forma, podrá excluir de la responsabilidad por deudas originadas por la actividad económica la vivienda habitual del emprendedor, con un límite de hasta 300.000 euros por norma general.

Adquisición de la condición de la responsabilidad limitada

Para acceder a la condición de responsabilidad limitada autónomos, el trabajador autónomo deberá realizar:

  • Acta notarial en el que se recoja la voluntad de acceder a la condición de responsabilidad limitada autónomos, así como los datos de la vivienda habitual que desea que resulte inembargable por deudas profesionales o empresariales.
  • Inscribir el acta notarial en el Registro Mercantil del domicilio del autónomo.
  • Cumplir en todo momento los requisitos para mantener la condición de responsabilidad limitada autónomos.

Requisitos

  • Formular sus propias cuentas, igual que si se tratara de una Sociedad de Responsabilidad Limitada Unipersonal. Si el trabajador tributa por el régimen de estimación objetiva (módulos) sólo deberá cumplir los requisitos previstos en este régimen de tributación.
  • Depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil dentro de los siete primeros meses de cada ejercicio. Si no se hiciera así, el trabajador autónomo perderá la condición de responsabilidad limitada autónomo. Los trabajadores en el régimen de módulos dispondrán de un modelo estandarizado para el depósito de sus cuentas anuales.
  • Publicidad de la condición de Emprendedor de Responsabilidad Limitada. Tanto los clientes como los proveedores del trabajador autónomo deben ser conscientes en todo momento que están contratando con un emprendedor de responsabilidad limitada. Por lo tanto, el término de responsabilidad limitada autónomo deberá aparecer en los presupuestos, facturas y demás documentación del trabajador autónomo.