Seguro que te interesa como perceptor del IMV o afectado por un ERTE
Campaña de la Renta 2020: Seguro que te interesa como perceptor del IMV o afectado por un ERTE
Aproximadamente tres millones y medio de contribuyentes recibieron en 2020 prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) por haberse visto involucrados en procedimientos de regulación temporal de empleo (ERTE).
Cuando llegue el momento de presentar la declaración de la renta, estos contribuyentes pueden encontrarse con dos dificultades:
Obligación de presentar declaración al tener con dos pagadores, su empleador y el SEPE
Recepción de abonos del SEPE que no les correspondía
¿Qué pasa cuando un contribuyente tiene dos pagadores?
La Agencia Tributaria, por su parte, ha anunciado que va a enviar cartas informativas a aquellas personas que hayan recibido un ERTE y que no hubieran presentado declaración de la Renta el año anterior, ofreciéndoles asistencia personalizada.
Todos los contribuyentes con rendimientos del trabajo por encima de 22.000€ están obligados a presentar declaración por IRPF. Ahora bien, en el caso de contar con dos o más pagadores ese límite queda reducido a 14.000€ si el importe percibido por el segundo y restantes pagadores supera los 1.500€.
La reducción de las tiene como objetivo que dos contribuyentes con los mismos rendimientos de trabajo sujetos a IRPF soporten el mismo impuesto final, con independencia del número de pagadores.

¿Qué pasa cuando un contribuyente recibe abonos del SEPE que no le correspondían?
En el supuesto de que ya se ha producido el reintegro del exceso pagado por el SEPE, el contribuyente presentará la declaración normalmente con los datos correctos
En el caso de que el reintegro no se haya producido durante el ejercicio 2020, caben dos supuestos:
El proceso de regularización se ha iniciado. A la Agencia Tributaria le constarán las dos cantidades. En este caso, el contribuyente podrá presentar la declaración normalmente con la cantidad correcta
El proceso de regularización no se ha iniciado aún. En este caso, habrá un apartado en la renta web correspondiente a las cantidades indebidamente percibidas pagadas por el SEPE, pero no habrá indicado ningún importe.
Es recomendable que el contribuyente consulte al SEPE la cantidad exacta o aproximada de la devolución que debe realizar. A veces puede ser preferible esperar que avance la Campaña de Renta, aumentando así las posibilidades de que el SEPE nos notifique la cantidad a devolver.
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