Recuperación de la exención del IGIC en Canarias

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Recuperación de la exención del IGIC en Canarias
Recuperación de la exención del IGIC en Canarias

Recuperación de la exención del IGIC en Canarias

 

La posible recuperación de la exención del IGIC en Canarias

Recuperación de la exención del IGIC en Canarias, ya que esta exención vigente para profesionales y empresarios personas físicas con volumen de operaciones por debajo de un límite establecido anualmente, desapareció el 31 de diciembre de 2012.

Lo que se conocía como franquicia fiscal por el volumen de negocios, estaba regulada en el artículo 10.1.28 de la Ley 20/1991 (Ley del IGIC).

Límite de la exención

La exención se aplicaba a las siguientes operaciones

  • Entrega de bienes
  • prestaciones de servicios realizadas por personas físicas y empresarios individuales.

En concreto, ese volumen de operaciones realizadas durante el año natural anterior no podía alcanzar la cifra límite establecida cada año.

El último límite fijado para el ejercicio 2012 fue 29.015 euros.

Recuperación de la exención de IGIC

El Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma Canaria 2018, prevé la recuperación de esta excepción del IGIC para profesionales y empresarios individuales que no alcancen la cifra límite que se establezca en cada momento.

En concreto, en materia fiscal, los Presupuestos autonómicos de 2018 incorporan un conjunto de medidas para reducir la carga tributaria de las familias, autónomos y PYMES.

De esta forma, se pretende apoyar la educación y el gasto sanitario.

Por último, las facturas emitidas por los profesionales y autónomos que disfruten de esta exención deberán contener la expresión:

  • exención franquicia fiscal

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