
La crisis del coronavirus y sus efectos laborales
Cómo afrontar la crisis del coronavirus y sus efectos laborales.
La crisis del coronavirus (Covid- 19) y sus efectos a nivel laboral
Conforme a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, cuando los trabajadores estén, o puedan estar expuestos, a un riesgo “grave e inminente” en su trabajo, las empresas deben informar lo antes posible y adoptar medidas necesarias para que se pueda interrumpir la actividad.
Si, además, fuera necesario, se debería abandonar también el lugar de trabajo
Medidas a tomar
Toda empresa tiene la obligación de adoptar aquellas medidas necesarias para preservar la salud de sus trabajadores.
En el caso de producirse algún contagio en el centro de trabajo porque la empresa no haya adoptado las medidas de prevención correspondientes, éste será considerado un accidente de trabajo y se impondrá a la empresa un recargo en las prestaciones que la Seguridad Social abone por enfermedad, además de una sanción por infracción grave.
Medidas de aislamiento
En el caso de que un trabajador no pueda acudir a su puesto de trabajo por vivir en una zona de aislamiento, estaríamos ante una ausencia justificada, pero no retribuida.
En el caso de aislamiento preventivo de algún trabajador, este deberá considerarse como una incapacidad temporal por enfermedad y la Seguridad Social tendrá que emitir el correspondiente parte de baja por enfermedad común.
Riesgo de salud
La actividad económica de la empresa se puede paralizar si existiera un riesgo grave e inminente para la salud de los trabajadores.
Esta decisión la puede adoptar directamente la empresa, los órganos de seguridad y salud o incluso los propios trabajadores.
Aquellas empresas que interrumpan completamente su actividad laboral o directamente cierren de manera temporal, no tendrán que pagar cotizaciones a la Seguridad Social.
Podrá aplicar, si lo considera necesario, un Expediente de Regulación de Temporal de Empleo (ERTE) o una reducción de jornada. Será la autoridad laboral correspondiente la encargada de confirmar este supuesto de fuerza mayor.
En caso de producirse despidos por emergencia de protección civil, las indemnizaciones de los trabajadores correrán a cargo del Fondo de Garantía Salarial y no de la empresa.
Situación durante una cuarentena preventiva
La Seguridad Social decidió el viernes 28 de febrero que todos aquellos trabajadores en cuarentena preventiva estarían de baja. De esta forma, los trabajadores dejarían de percibir su salario durante los tres primeros días de baja, para más tarde (entre el cuarto y el vigésimo primero) percibir el 60% de la base reguladora y a partir de entonces el 70%.
Qué hacer cuando haya un caso positivo
Si en un centro de trabajo existe gente hospitalizada por un diagnóstico positivo de coronavirus (Covid -19) es obligación de la empresa dirigirse urgentemente a la Autoridad Sanitaria correspondiente y ponerlo en su conocimiento.
Opción del teletrabajo
Para poder establecer como solución para algunos empleados el trabajo desde casa, deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Ser una medida extraordinaria de carácter temporal
- Estar adaptada a la legislación laboral y al convenio colectivo correspondiente
- Respetar los derechos de los trabajadores en materia de seguridad y salud
- No suponer ningún coste adicional para el trabajador
Viajes a zonas de riesgo
Por último, con respecto a los viajes a zonas de riesgo, la empresa deberá siempre proveer al trabajador con medidas de protección, además de darle toda la información necesaria.
No obstante, llegado este supuesto, el trabajador podrá negarse si cree que la decisión empresarial pone en riesgo su salud.
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