Gastos deducibles de la actividad economica

Los gastos que puedes deducir

Los gastos que puedes deducir

Conoce los gastos que puedes deducir en tu actividad

¿Qué gastos me puedo deducir por mi actividad económica?

Esta es una pregunta que nos planteamos en múltiples ocasiones. Aquí te ayudamos a resolverla.

Requisitos

Para que un gasto sea deducible tiene que cumplir tres requisitos básicos:

  1. Estar directamente relacionados con la actividad económica. Para ello será necesario poder demostrar que se corresponden con la actividad profesional y no con nuestra vida privada.
  2. Estar justificados mediante factura. De esta forma, los tickets o facturas simplificadas no son deducibles, pues no permitir identificar quién ha realizado el gasto.
  3. Estar registrados en el libro de gastos e inversiones.
Gastos deducibles de la actividad economica
Gastos deducibles de la actividad económica

Gastos deducibles habituales

  • Todo el material necesario para el desarrollo de la actividad económica:
    • La compra de mercaderías y materias primas, combustibles, envases, embalajes y material de oficina.
  • Sueldos y salarios:
    • Salarios mensuales, pagas extraordinarias, gastos de viajes.
  • Seguridad Social:
    • Las cotizaciones de los trabajadores y/o cuota de autónomos.
  • Otros gastos de personal:
    • Gastos de formación de los trabajadores, aportaciones a los planes de pensiones, indemnizaciones y seguros de accidente.
  • Arrendamientos y cánones:
    • Gastos soportados en concepto de alquileres y cánones, el uso de patentes y marcas, arrendamiento financiero y alojamiento de páginas web.
  • Reparaciones y conservación:
    • Gastos de reparación, mantenimiento y conservación de bienes muebles e inmuebles, gastos en repuestos y adaptación.
    • No se pueden incluir en esta categoría los gastos que supongan ampliaciones o mejoras.
  • Servicios de profesionales independientes:
    • Honorarios por los servicios recibidos de abogados, notarios, traductores, comisiones de los agentes comerciales.
  • Otros servicios exteriores:
    • Aquellos servicios contratados con terceros como el transporte, I+D, primas de seguros, servicios bancarios, publicidad y relaciones públicas.
Los gastos que puedes deducir
Los gastos que puedes deducir
  • Gastos financieros:
    • Los gastos financieros derivados de préstamos y créditos
    • Amortizaciones del inmovilizado material
    • También los recargos por el aplazamiento de deudas

Otros gastos deducibles

  • IVA soportado:
    • Sólo será deducible cuando no sea desgravable a través de la declaración de IVA, es decir, siempre y cuando no presenten declaraciones trimestrales de IVA
  • Gastos de dietas:
    • Siempre que se disponga de la factura correspondientes y se realicen en establecimiento de restauración y hostelería localizados fuera del domicilio fiscal del centro de trabajo. No se pueden deducir tiques de comidas ni incluir los de ámbito personal o familiar.
    • El límite es de 26,67€ al día en España y de 40,08€ al día en el extranjero. Si se pasa también la noche, estos límites ascienden a 53,34€ al día y 91,35€ al día respectivamente.
  • Gastos del vehículo:
    • Sólo podrán deducirse los gastos de vehículo afectos al 100% a la actividad económica.
  • Ropa de trabajo:
    • Sólo se admite el gasto en vestuario profesional como ropa de protección, uniformes o prendas con el anagrama del negocio.
  • Hay una serie de gastos deducibles para los que no será necesario presentar factura:
    • Pólizas de seguros, cuota de autónomos, seguros sociales, salarios, gastos bancarios y determinados impuestos como el IBI y la tasa de basuras.
  • Gastos deducibles especiales:
    • Aquellos gastos de suministros de la vivienda cuando se ejerce la actividad económica en el domicilio habitual (equivalente al porcentaje de la vivienda que se use para la actividad) hasta un máximo del 30%: agua, telefonía, gas y electricidad.
  • Otros gastos deducibles:
    • Compra de libros o suscripción a revistas profesionales, la cuota de colegios profesionales, cursos o conferencias.
    • Primas de seguro de enfermedad (máximo 500 euros por persona).
  • Gastos de difícil justificación:
    • La Agencia Tributaria permite la deducción del rendimiento neto en un 5% de gastos de difícil justificación con importe máximo de 2.000€. Esta deducción puede hacerse en el modelo 130 o en la declaración de la Renta de los autónomos que tributan en régimen de estimación directa.

¿Qué gastos no son deducibles?

  • En primer lugar, no serán deducibles los gastos soportados por siniestros de bienes inmuebles que disminuyen su valor.
  • Tampoco son deducibles las mejoras realizadas a bienes inmuebles.
  • Multas, sanciones o recargos de apremio.
  • Donativos
  • Por último, tampoco serán deducibles las pérdidas de juego


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