La tarifa plana para autónomos societarios
Puedes obtener la tarifa plana
Ya es definitivo, ahora puedes obtener la tarifa plana para autónomos societarios.
El autónomo societario es un trabajador autónomo que ha constituido una sociedad mercantil en cualquiera de sus posibles formas jurídicas.
A este autónomo se le había estado denegando sistemáticamente el acceso a la tarifa plana.
La tarifa plana para autónomos societarios
La tarifa plana es una bonificación en las cuotas de la Seguridad Social que consiste en:
- Una reducción de la cuota a 60 euros al mes durante el primer año.
- Además, esta tarifa se puede extender en el tiempo dependiendo de las diferentes circunstancias del autónomo.
Criterio de la Tesorería General de la Seguridad Social
La Tesorería General de la Seguridad Social, basándose en la jurisprudencia que ha ido surgiendo al respecto, ha cambiado por fin el criterio que venía manteniendo desde 2013.
De esta forma, a partir de ahora, los trabajadores autónomos socios de sociedades mercantiles capitalistas (ya sean limitadas o anónimas), podrán tener derecho a disfrutar de esta tarifa plana.
Plazo para reclamar la bonificación

El plazo para reclamar esta bonificación es de 4 años.
De esta forma, todos aquellos autónomos societarios que ya estén dados de alta, podrán también acceder a esta bonificación, siempre y cuando no hayan transcurrido más de 4 años desde que abonaron la primera cuota.
Procedimiento para reclamar la bonificación
En primer lugar, será necesario presentar un escrito ante la Seguridad Social reclamando la devolución de los pagos efectuados hasta el momento.
Además, la Tesorería se concede un plazo de 6 meses para llevar a cabo dicha devolución.
En caso de que esta prestación quede denegada, el autónomo societario podrá presentar un recurso de alzada.
Finalmente, si transcurridos 3 meses no queda resuelto, el autónomo podrá recurrir finalmente a la vía judicial.
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