Las vacaciones anuales de los trabajadores – I

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Las vacaciones anuales de los trabajadores - I

Las vacaciones anuales de los trabajadores – I

 Las vacaciones anuales de los trabajadores – I

Las vacaciones anuales de los trabajadores – I se regulan en el artículo 38 de Estatuto de los Trabajadores.

La aplicación del régimen de vacaciones se fija legalmente con referencia al año natural.

Contratos cortos y a tiempo parcial

Incluso con contratos parciales y con jornadas cortas, el periodo de vacaciones nunca puede durar menos de 30 días naturales.

Sólo con contratos de duración determinada o en el caso de haber trabajado menos de un año, el periodo de vacaciones será proporcional al periodo trabajado.

Duración de las vacaciones

En general están generados como 2.5 días por mes trabajado.

Los días se fijan por acuerdo común entre el trabajador y la empresa (sujeto también a las reglas del Convenio Colectivo apropiado).

Convenios Colectivos

Además de los mínimos exigidos por la ley, hay que respetar las reglas específicas que se fijen en cada Convenio Colectivos, como:

  • No pueden empezar en días festivos
  • Asumir ciertas fechas fijados
  • Organizar una semana entera mínima
  • No organizar más de un periodo máximo
  • Conocer las fechas con más de la antelación escrita por ley

Compensación Económica

Las vacaciones tienen que ser pagadas igual que los meses trabajados.

No obstante, lo anterior, hay conceptos que no se incluyen durante las vacaciones:

  • Plus de transporte
  • Plus de asistencia
  • Pagos por horas extra

Con carácter general, el periodo anual de vacaciones no es sustituible por compensación económica. No puede ser eludida ni por acuerdo mutuo ni por imposición unilateral por parte de la empresa.

Las vacaciones sólo podrán abonarse en caso de que no hayan podido ser disfrutadas al final de un contrato o por insolvencia de la empresa.

La Terminación de Contrato

Como no se pueden imponer las fechas de vacaciones, no se puede tampoco obligar al trabajador a tomarse los últimos días del contrato como vacaciones.

El derecho de vacaciones podrá ampliarse, pero nunca reducirse.

En el caso de quedar desempleado, el plazo de 15 días para pedir el subsidio por desempleo empieza a contar cuando se agoten las vacaciones restantes (pagadas).

No importa cuál sea la conducta del trabajador, la empresa no podrá nunca suprimir su derecho a disfrutar de las vacaciones correspondientes.

Incapacidades Médicas

Si el trabajador no puede disfrutar de sus vacaciones (por estar en permiso de maternidad, por ejemplo), tendrá derecho a disfrutarlas en cuanto vuelva, independientemente de si el año ha o no terminado.

Si se debe a otras causas médicas, el trabajador podrá disfrutar de sus vacaciones en cuanto se reincorpore, siempre que no hayan pasado 18 meses tras el año correspondiente.

Falta de acuerdo

Si la empresa y el trabajador son incapaces de alcanzar un acuerdo sobre las fechas vacacionales, podrán recurrir a los Juzgados de lo social.

El trabajador dispone de un plazo de 20 días para presentar la demanda. La empresa, por su parte, dispone de un plazo de hasta dos meses.

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