La inscripción de autónomos en el Registro Mercantil

La inscripción de autónomos en el Registro Mercantil
La inscripción de autónomos en el Registro Mercantil

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Análisis de la inscripción de autónomos en el Registro Mercantil

La inscripción de autónomos en el Registro Mercantil no es obligatoria para los trabajadores autónomos, pero si lo es para las sociedades mercantiles.

No obstante, para determinadas actividades y, conforme a la normativa europea D.E. 2015/849, de blanqueo de capitales, algunos autónomos deberán inscribirse obligatoriamente en el Registro Mercantil.

Quienes están obligados

  • Personas físicas que, con carácter profesional, se dediquen a:
    • constituir sociedades
    • facilitar domicilios sociales o direcciones comerciales
    • ejercicio de funciones fideicomisarios funciones de accionista por cuenta de otras personas

Plazo para inscribirse en el Registro Mercantil

Como norma general, la inscripción debe ser previa al inicio de las actividades que se realicen.

Esta nueva normativa entró en vigor el día 4 de septiembre de 2018.

Si estos autónomos no estuvieran inscritos a esa fecha, tendrán un plazo máximo de un año para poder hacerlo correctamente.

Sólo puede hacerse de forma telemática.

Control del Registro Mercantil

Este tipo de trabajadores autónomos deberán depositar anualmente la siguiente información:

  • En primer lugar, los tipos de servicios prestados, que pueden ser:
    • constituir sociedades u otras entidades jurídicas ejercer funciones de:
      • dirección secretarios no consejeros de consejo de administración
        asesoría externa de una sociedad facilitar domicilios sociales o:
      • direcciones comerciales, domicilios postales, direcciones administrativas, otros servicios afines a una sociedad mercantil ejercer funciones de fiduciario en un fideicomiso prestar funciones de accionista por cuenta de otra persona
  • También deberá hacer constar la zona en la que opera.
  • Las prestaciones de servicios realizados a personas no residentes.
  • Volumen total facturado por estos servicios.
  • Por último, el número total de operaciones realizadas

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