El nuevo reglamento sobre protección de datos

El nuevo reglamento sobre protección de datos

El nuevo reglamento sobre protección de datos

Entra en vigor el nuevo reglamento sobre protección de datos

El reglamento sobre protección de datos entró en vigor el 25 de mayo de 2018.

Con el Reglamento Europeo de Protección de Datos, RGPD, se consigue homogeneizar las diferentes normativas de los distintos estados de la Unión Europea.

Adaptación a la RGPD

Es una continuación de las medidas que ya se están aplicando con la Ley Organica de la Protección de Datos, LOPD. No obstante, existen importantes y notables diferencias. De entre las que destacamos las más importantes:

  • El consentimiento para el tratamiento de datos debe ser ahora expreso y no tácito o por omisión como hasta ahora.
  • Se revisan ciertas cláusulas, como, por ejemplo, el plazo de conservación de los datos o los criterios para su determinación. Esta información deberá proporcionarse de ahora en adelante de forma concisa, con un lenguaje claro y sencillo, por escrito u otros medios y de forma gratuita.
  • Se tendrán que actualizar los anteriores contratos de acceso a los datos por cuenta de terceros del Art. 12 de la LOPD. Por lo tanto, será obligatorio volver a firmar con todos los terceros los nuevos contratos adaptados al RGPD y sustituirlos por los nuevos contratos entre el responsable y el encargado del tratamiento.

Nuevos contratos de acceso a datos por cuenta de terceros

Los nuevos contratos deberán incluir:

  • Descripción detallada de los servicios prestados
  • Naturaleza o finalidad del tratamiento
  • Medidas aplicadas
  • Tipo de datos personales

Seguir analizando la protección de datos en el ámbito laboral.

Publicación original: 16/04/2018


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