▶ Todo lo que pymes y autónomos deben saber: Obligaciones de cotización para prácticas no remuneradas, nuevos derechos de los becarios y claves del futuro Estatuto para evitar sanciones.
La Nueva Cotización de Becarios y el Inminente Estatuto: Guía completa 2025
El panorama de las prácticas formativas para estudiantes está experimentando una transformación fundamental. Desde 2024, la obligatoriedad de cotizar a la Seguridad Social se ha extendido a las prácticas no remuneradas, y la futura aprobación del Estatuto del Becario, prevista para 2025, establecerá un nuevo conjunto de derechos y obligaciones. Este artículo analiza el impacto directo de estas normas para pymes y autónomos, detallando los nuevos requisitos administrativos, los riesgos de incumplimiento y las oportunidades de bonificación que su empresa debe conocer.
CONTENIDOS: Cotización de Becarios y el Inminente Estatuto
¿Qué implica la inclusión de los becarios en el sistema de cotización?
Desde el 1 de enero de 2024, los estudiantes que realizan prácticas formativas no remuneradas están incluidos en el sistema de la Seguridad Social. Hasta junio de 2025, más de 1,58 millones de alumnos ya habían cotizado al menos un día gracias a esta medida.
El objetivo principal es igualar la protección entre quienes realizan prácticas remuneradas y quienes no reciben compensación económica. Antes de este cambio, solo las prácticas con retribución exigían el alta obligatoria. Con ello, los estudiantes comienzan su carrera de cotización desde la etapa formativa, lo que se traduce en una mayor protección futura frente a eventualidades laborales o prestaciones contributivas.
¿Dónde tiene mayor impacto esta medida?
La aplicación del sistema de cotización se ha concentrado en las regiones con mayor volumen de estudiantes en prácticas. Destacan Madrid (281.006 alumnos), Andalucía (276.104) y Cataluña (252.371).
Por provincias, Madrid encabeza la lista con 281.006 inscritos, seguida de Barcelona (185.280) y Valencia (120.072).
Esta distribución muestra una correlación directa entre la concentración universitaria y el impacto administrativo de la medida, que ha requerido adaptaciones masivas en la Tesorería General de la Seguridad Social y en los convenios entre universidades y empresas.
¿Qué tipos de prácticas quedan incluidas en el sistema de cotización?
Están sujetas a cotización las prácticas no remuneradas realizadas en el marco educativo español, concretamente:
- Prácticas universitarias, tanto de grado, máster o doctorado, como títulos propios.
- Prácticas de formación profesional que no se desarrollen bajo régimen laboral.
- Prácticas en enseñanzas artísticas o deportivas, incluidas en el sistema educativo.
En todos los casos, las entidades colaboradoras —centros educativos y empresas— deben dar de alta al estudiante en la Seguridad Social mediante el modelo correspondiente, incluso si no hay contraprestación económica.
¿Qué herramientas ha habilitado la Seguridad Social para los estudiantes?
La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha incorporado en su portal web y aplicación móvil un apartado específico para los alumnos en prácticas.
Desde allí, los estudiantes pueden:
- Obtener o consultar su número de la Seguridad Social.
- Acceder a su informe de vida laboral o de bases de cotización.
- Resolver dudas a través de una guía de preguntas frecuentes sobre prácticas y cotización.
Este refuerzo digital pretende simplificar la gestión y dar transparencia al proceso de alta y cotización, en línea con la política de digitalización del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
¿Por qué se impulsa ahora el Estatuto del Becario?
El anteproyecto del Estatuto del Becario deriva del compromiso adquirido en el Real Decreto-ley 32/2021, que exigía un marco normativo específico para regular las prácticas formativas no laborales.
Hasta ahora, las prácticas estaban regidas por un conjunto de normas dispersas, como el Real Decreto 1707/2011 o el Real Decreto-ley 28/2018, lo que generaba inseguridad jurídica y vacíos de control.
En 2025, el texto se encuentra en fase de anteproyecto, con previsión de aprobación en el segundo semestre del año, pendiente aún de trámite parlamentario. Su finalidad es unificar los criterios y prevenir el uso fraudulento de las prácticas para cubrir puestos de trabajo.
¿Qué derechos ganan los estudiantes con el nuevo marco?
El Estatuto propone un cambio de paradigma: sustituir el término “becario” por “persona en prácticas formativas” y reconocer derechos similares a los de los trabajadores con contrato.
Entre las novedades:
- Descansos garantizados (diario, semanal y anual).
- Cobertura de gastos de transporte, alojamiento y manutención cuando no exista remuneración.
- Límites en la tutorización: máximo de 5 estudiantes por tutor en empresas con más de 30 empleados, y 3 en las más pequeñas.

Estas medidas buscan dignificar la experiencia formativa, asegurar una supervisión real y evitar abusos en entornos laborales encubiertos.
¿Qué obligaciones deberán asumir las empresas y autónomos?
Desde la entrada en vigor de la cotización, las empresas —incluidos los autónomos con becarios— deben dar de alta a los estudiantes aunque sus prácticas no sean remuneradas. La cotización está bonificada en un 95 %, pero no exime de la gestión ni del control administrativo.
Además, el Estatuto introduce nuevas obligaciones formales y operativas:
- Actualizar convenios con centros formativos.
- Incorporar registro horario para personas en prácticas.
- Detallar un plan formativo documentado, con objetivos, competencias, cronograma y duración máxima de 480 horas (o el 25 % de los créditos de la titulación).
- Evitar el encadenamiento de prácticas consecutivas sin un periodo intermedio de al menos la mitad de la duración anterior.
¿Qué riesgos y oportunidades se plantean para las pymes?
Para las pequeñas empresas y autónomos, la medida tiene un doble efecto. Por un lado, mejora la seguridad jurídica, al definir con precisión cuándo una práctica debe considerarse relación laboral. Por otro, aumenta los costes y la carga administrativa, lo que puede reducir la oferta de plazas de prácticas.
El riesgo de sanciones por incumplimiento es elevado: se prevén multas que pueden alcanzar los 225.000 euros si se demuestra fraude o sustitución de personal mediante becarios.
No obstante, las empresas que conviertan una práctica en contrato indefinido podrán acceder a bonificaciones mensuales de 128 € (hombres) o 147 € (mujeres) durante tres años, lo que busca incentivar la inserción laboral real.
¿Qué impacto tiene esta reforma en universidades y centros formativos?
Los centros educativos también asumen nuevas responsabilidades.
Deberán garantizar la calidad formativa del programa, asegurar que el contenido del plan corresponde a los objetivos académicos y colaborar con las empresas en los procesos de seguimiento.
Algunas universidades han mostrado preocupación por el posible traslado de costes si las empresas no asumen las compensaciones de transporte o manutención. Además, la limitación de horas (480 por práctica) y el refuerzo de inspección podrían reducir la oferta global de plazas disponibles.
¿Qué papel desempeña la Inspección de Trabajo en este nuevo modelo?
El nuevo Estatuto pretende reforzar la actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, especialmente en la detección de prácticas fraudulentas.
El uso del término “becario” se revisará cuidadosamente: solo serán válidas las prácticas con un plan formativo acreditado y un tutor asignado. Las tareas deberán estar vinculadas al aprendizaje, y no podrán cubrir puestos productivos ni realizar turnos nocturnos.
El control, según el Ministerio de Trabajo y Economía Social, será progresivo y con especial atención a sectores con alta rotación de personal o historial de prácticas encadenadas.

¿Qué normas regulan la cotización y el nuevo Estatuto del Becario?
Aunque no es necesario leerse todo el BOE, es conveniente conocer las fuentes oficiales.

Real Decreto 1707/2011
El Real Decreto 1707/2011 constituye el pilar normativo de las prácticas académicas externas universitarias, estableciendo el marco de colaboración entre universidades, centros educativos y empresas. Esta norma define los objetivos formativos, el sistema de tutorización y las responsabilidades compartidas de las partes, garantizando que las prácticas mantengan un carácter estrictamente educativo y no laboral. En el contexto actual de la cotización de los becarios 2025, este decreto sigue siendo esencial para validar la naturaleza formativa de las prácticas y asegurar su correcta vinculación con los estudios.

Real Decreto-ley 28/2018
El Real Decreto-ley 28/2018 introdujo por primera vez la obligación de cotizar a la Seguridad Social por los alumnos en prácticas, incluso en los casos no remunerados. Este texto sentó las bases del sistema que hoy se aplica a todos los estudiantes en prácticas desde el 1 de enero de 2024, marcando un cambio histórico en la protección social de los jóvenes. Gracias a esta norma, la actual regulación de la cotización de las prácticas formativas cuenta con un precedente jurídico sólido que refuerza el principio de equidad entre prácticas laborales y no laborales.

Real Decreto-ley 32/2021
El Real Decreto-ley 32/2021 de medidas urgentes para la reforma laboral redefinió los contratos formativos y estableció el mandato de elaborar un Estatuto del Becario. Este texto es la base sobre la que se desarrolla el actual anteproyecto de Estatuto del Becario 2025, orientado a reforzar los derechos de las personas en prácticas y clarificar la frontera entre formación y relación laboral. La conexión entre ambas normas resulta esencial para empresas, autónomos y asesores, que deben adaptar sus políticas internas al nuevo marco de prácticas formativas reguladas.

Anteproyecto del Estatuto del Becario (2025)
El Anteproyecto del Estatuto del Becario (2025) representa la culminación del proceso iniciado con las reformas anteriores. En trámite parlamentario, esta norma busca consolidar los derechos y deberes de las personas en prácticas, prevenir abusos y garantizar que cada programa formativo responda a una finalidad educativa real. Además, refuerza la coordinación entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social, el Ministerio de Educación y la Seguridad Social, ampliando la protección y control sobre las prácticas no laborales. Para los autónomos y pymes, este texto será clave en la gestión de sus futuras obligaciones en materia de cotización y tutorización de becarios.
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