Plazo para guardar las facturas y documentos
Plazo para guardar las facturas y documentos
Plazo para guardar las facturas y documentos, tanto para empresas como para autónomos
El artículo 29.2, letra e) de la Ley 58/2003 General Tributaria, establece para los empresarios y profesionales la obligación de expedir y entregar facturas o documentos sustitutivos. De la misma forma, se deberán conservar las facturas, documentos y justificantes que tengan relación con sus obligaciones tributarias.
Asimismo, el artículo 165.Uno de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido, establece que dichos documentos deberán conservarse durante el plazo de prescripción del impuesto.