
Pausas del café y cigarro en el registro horario
Las pausas del café y cigarro en el registro horario
La Audiencia Nacional avala descontar las pausas del café y cigarro en el registro horario.
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, en sentencia del 10 de diciembre de 2019 establece que las empresas puedan hacer fichar a los trabajadores cuando realicen pausas para fumar, tomar café o desayunar.
Control horario de la jornada
Esta problemática se venía produciendo desde la entrada en vigor del control de registro de la jornada de los trabajadores.
Hasta este momento, el tiempo que empleaban los trabajadores en las diferentes pausas para fumar o tomar un café se consideraban como tiempo de trabajo.
Eran unas pausas que no se descontaban del trabajo efectivo.
Fichar en cada pausa
Esta sentencia avala que las empresas puedan exigir a sus trabajadores que fichen al inicio y al final de cada pausa como forma de controlar la jornada laboral.
Así pues, las empresas tienen derecho a no computar la duración de las pausas para fumar, desayunar o tomar un café como parte de la jornada laboral.
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