Las nuevas bases y tipos de cotización a la Seguridad Social para 2023
El 31 de enero de 2023 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Orden PCM/74/2023, de 20 de enero, “por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2023”. Las nuevas bases y tipos de cotización a la Seguridad Social para 2023.
Esta orden establece oficialmente cuáles son las bases y los tipos de cotización a la Seguridad Social que van a regir en 2023 con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2023.
Las bases de cotización y el Salario Mínimo Interprofesional
Hasta que no se fije el Salario Mínimo Interprofesional para 2023, se prorroga automáticamente el RD 152/2022 por el que se fijaba el Salario Mínimo Interprofesional para 2022.
La cifra que se fije para 2023 determinará también la base mínima de algunos grupos de cotización, por lo que variarán las tablas ya aprobadas en 2023.
De esta forma, hasta la aprobación del nuevo Salario Mínimo Interprofesional para 2023, se mantienen las bases mínimas de 2022, establecidas en 1.166,70 €, mientras que las bases máximas quedan fijadas en 4.495,50 € al mes.

Las bases de cotización en 2023
Grupos de cotización | categorías | base minima | base máxima |
1 | Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección | 1.629,30 € | 4.495,50 € |
2 | Ingenieros, Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados | 1.351,20 € | 4.495,50 € |
3 | Jefes Administrativos y de taller | 1.175,40 € | 4.495,50 € |
4 | Ayudantes no titulados | 1.166,70 € | 4.495,50 € |
5 | Oficiales Administrativos | 1.166,70 € | 4.495,50 € |
6 | Subalternos | 1.166,70 € | 4.495,50 € |
7 | Auxiliares Administrativos | 1.166,70 € | 4.495,50 € |
8 | Oficiales de primera y segunda | 1.166,70 € | 4.495,50 € |
9 | Oficiales de tercera y especial | 1.166,70 € | 4.495,50 € |
10 | Peones | 1.166,70 € | 4.495,50 € |
11 | Menores de 18 años | 1.166,70 € | 4.495,50 € |
Los tipos de cotización en 2023
Además de las bases, la Orden también establece los tipos de cotización para el Régimen General de la Seguridad Social, entre los que destacan la novedad del MEI o Mecanismo de Equidad Intergeneracional para garantizar la equidad de las pensiones.

TIPO CONTINGENCIA | EMPRESA | TRABAJADOR | TOTAL |
COMUNES | 23,60% | 4,7% | 28,30% |
DESEMPLEO | 5,5% | 1,55% | 7,05% |
FOGASA | 0,20% | – | 0,20% |
FORMACIÓN | 0,60% | 0,10% | 0,70% |
MEI | 0,5% | 0,10% | 0,60% |
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