
La disolución y liquidación de las sociedades
¿Cómo realizar la disolución y liquidación de las sociedades?
La disolución y liquidación de las sociedades supone la paralización de su actividad. Se puede llevar a cabo por diferentes razones.
Causas de disolución y liquidación
- En primer lugar, por imposibilidad de conseguir su fin social, ya sea por causas internas o externas a la empresa.
- Además, por la finalización de su actividad, siempre que haya pasado 1 año de inactividad.
- También la conclusión de la empresa:
- Cuando se constituye una sociedad con un objetivo muy específico para un periodo de tiempo determinado
- Por la paralización de los órganos sociales.
- Pérdidas que supongan la reducción del patrimonio neto por debajo de la mitad del capital social.
- Reducción del capital social por debajo del mínimo legal.
- Finalmente, por cualquier otra causa establecida en los estatutos.
Otras causas de disolución
- Las sociedades también pueden disolverse de pleno derecho siempre que:
- En primer lugar, por transcurrir el tiempo de duración fijado en los estatutos.
- También cuando transcurra 1 año desde que se acuerde una reducción de capital por debajo del mínimo legal.
Procedimiento a seguir
Cuando se de alguno de los supuestos descritos anteriormente, los administradores de la sociedad tendrán que convocar la Junta General en un plazo máximo de 2 meses.
En caso de no disolver la sociedad, los administradores podrían empezar a incurrir en responsabilidad por las deudas sociales.
Una vez que la sociedad esté disuelta, se pueden seguir ahora tres posibles vías:
- En primer lugar, vender la sociedad.
- Liquidar la sociedad.
- Por último, pasar a concurso de acreedores (en el caso de no poder hacer frente a las deudas).
Liquidación de sociedades
La liquidación tiene como consecuencia la pérdida de la personalidad jurídica de la empresa.
Durante el proceso de liquidación, los administradores dimitirán de su cargo y se nombrarán unos liquidadores.
Éstos serán quienes se encarguen de pagar las deudas sociales de la sociedad, terminar las operaciones pendientes y asegurarse de que se hacen los trámites necesarios para que se consolide correctamente el proceso de liquidación.
Para terminar, elaborarán un balance final y reparto entre los socios del activo resultante, que tendrá en última instancia que ser aprobado por la Junta General.
Este balance deberá elevarse a escritura pública.
Finalmente, se procederá a inscribir en el Registro Mercantil la extinción de la sociedad.
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