Cambios en las notificaciones de la AEAT

Cambios en las notificaciones de la AEAT

Cambios en las notificaciones de la AEAT

La Agencia Tributaria (AEAT) ha anunciado cambios en las notificaciones. A partir del 1 de enero de 2023 va a cambiar la dirección a la que envía las notificaciones electrónicas, requerimientos, etc…, dejando ya de usar la plataforma antigua.

A partir de 2023 ya no se enviarán más comunicaciones a través de la Dirección Electrónica Habilitada o DEH, utilizándose ya en exclusiva la plataforma DEHú para todas las notificaciones, sanciones y el resto de las comunicaciones que envíe la AEAT.

Cambios en las notificaciones de la AEAT

¿Qué pasa si no se atiende?

Recordamos que, una vez enviada la comunicación por parte de Hacienda, no atender éstas será similar a la negativa a recoger una carta certificada en el domicilio del contribuyente. Por ello, la AEAT recuerda que existe la obligación de consultar regularmente el buzón personal para ver si han llegado comunicaciones nuevas.

Para acceder a las notificaciones que emita Hacienda, se podrá hacer a través de dos vías:

En ambos casos, para acceder a estas plataformas será necesario utilizar alguno de los medios electrónicos de identificación (certificado digital, sistema Cl@ve, eDNI, etc…).

Contribuyentes obligados

En un primer momento, estarán obligados a utilizar alguna de estas dos plataformas, los siguientes colectivos entre otros:

  • Sociedades mercantiles
  • Autónomos societarios
  • Entidades sin personalidad jurídica (sociedades civiles, comunidades de bienes, etc…)
  • Profesionales colegiados
  • Representantes de contribuyentes

Las comunicaciones electrónicas serán la norma a partir de ahora para todos ellos, aunque Hacienda se reserva el seguir enviando esa misma comunicación por otros medios, como el correo postal, para asegurar la correcta recepción de la notificación.



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