Información de las plataformas de pisos turísticos

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Información de las plataformas de pisos turísticos

Información de las plataformas de pisos turísticos

Declaración de información de las plataformas de pisos turísticos

Nueva obligación para aportar información de las plataformas de pisos turísticos. Esta información se aportará a través del nuevo modelo 179.

Con este nuevo modelo se pretende controlar las viviendas de alquiler turístico que funcionan a través de plataformas como Airbnb, Wimdu, HomeAway/Vrbo, etc…

¿Qué es el modelo 179?

Es un nuevo modelo de la AEAT con las siguientes características:

  • Carácter trimestral
  • Declaración informativa de la cesión de viviendas con fines de interés turístico sobre:
    • Titular de la vivienda
    • Identidad de los cesionarios
    • Datos del inmueble cedido y su referencia catastral
    • Número de días destinados a fines turísticos
    • Importes percibidos

¿Quién debe presentarlo?

Este modelo no está orientado a los contribuyentes, sino a las plataformas comentadas anteriormente:

  • Airbnb
  • Wimdu
  • HomeAway/Vrbo
  • etc…

La propia AEAT indica que estarán obligados a presentarlo las personas y entidades que presten un servicio de intermediación entre cedentes y cesionarios:

  • Se entiende por cedente a la persona o empresa propietaria de la vivienda.
  • Por cesionario se entenderá a la persona que alquila dicha vivienda.

Consideración de vivienda de alquiler turístico

Para Hacienda, se produce un uso de la vivienda con fines turísticos cuando se produce la cesión temporal del uso de la totalidad de una vivienda.

Así pues, el alquiler de una habitación de una vivienda no entraría en esta definición de alquiler turístico, independientemente de sus efectos fiscales.

Además, la vivienda de alquiler turístico tendrá las siguientes características:

  • En primer lugar, deberá estar completamente amueblada
  • También deberá estar equipada para poder ser usada inmediatamente
  • El alquiler tendrá un fin lucrativo

Entrada en vigor

El nuevo modelo 179 entrará en vigor en junio de 2018, pero la información se tendrá que hacer desde el 1 de enero.

¿Cuándo se presenta este modelo?

Este modelo se presentará de forma trimestral el primer mes natural siguiente a la finalización de cada trimestre natural, es decir, al igual que el resto de las liquidaciones trimestrales en los meses de abril, julio, septiembre y enero.

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