Formación bonificada de los trabajadores

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Formación bonificada de los trabajadores

Formación bonificada de los trabajadores

Créditos para la formación bonificada de los trabajadores

Es el crédito del que disponen las empresas para formar a sus trabajadores, incrementando así su competitividad y productividad.

Pueden acceder a las ayudas a la formación todas aquellas empresas con centros de trabajo en territorio estatal y que coticen por la contingencia de Formación Profesional a la Seguridad Social.

En el caso de que el trabajador que recibe la formación cambie de empresa, la entidad que debe constar en la finalización y que se debe aplicar la bonificación es aquella a la que pertenecía el trabajador en la fecha de inicio del curso formativo.

Destinatarios

Los destinatarios para la formación bonificada son:

  • Los trabajadores asalariados que prestan servicios a empresas privadas y que cotizan a la Seguridad Social en concepto de Formación Profesional.
  • Trabajadores fijos discontinuos en los periodos de no ocupación.
  • Trabajadores que se quedan en situación de desempleo cuando están realizando la formación.
  • Trabajadores que estén de baja por enfermedad siempre que la formación sea compatible.
  • Trabajadoras en permiso de maternidad siempre que tengan autorización médica

Características de estas formaciones

La formación debe ser siempre totalmente gratuita para los trabajadores que participan en ella.

Son bonificables todas aquellas formaciones que tengan relación con la actividad de la empresa y que tenga como objetivo la mejora de las competencias y cualificaciones profesionales de los trabajadores.

La duración de estos cursos formativos no puede ser inferior a dos horas lectivas. No hay límite máximo.

El número de participantes no puede ser superior a 25 participantes en cursos presenciales y a 80 participantes en cursos a distancia y de teleformación.

El importe máximo financiable es módulo económico máximo por las horas de impartición por número de participantes, más los costes de organización.

La bonificación maxima que puede aplicarse la empresa no podrá superar un importe menor del crédito disponible, del total de los costes del grupo y del importe máximo financiable.

Obligaciones de la empresa

  • Informar a los participantes sobre el modelo de financiación.
  • Control de asistencia​ de los trabajadores.
  • Entregar certificado o diploma en un plazo máximo de 2 meses desde la finalización de la formación.
  • Entregar el Cuestionario de evaluación de calidad a los participantes

Requisitos de las empresas

  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social.
  • Informador a la Representación Legal de los Trabajadores.
  • Comunicador el inicio de la formación.
  • Comunicar la finalización de la formación.

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