
Protección por desempleo para los autónomos
Análisis de la protección por desempleo para los autónomos
La protección por desempleo para los autónomos viene fijada en el Estatuto del Trabajo Autónomo, que ha fija las reglas para lograr la equiparación efectiva del trabajo autónomo respecto del trabajo por cuenta ajena, en materia de protección social.
Prestación de desempleo para autónomos
Los requisitos necesarios para poder acceder a esta prestación son los siguientes:
- En primer lugar, estar en alta y tener cubiertas las contingencias profesionales
- Además, tener 12 meses cotizados ininterrumpida e inmediatamente antes del cese
- Estar al corriente de pago en la Seguridad Social
- Estar en situación legal de cese de actividad
- Por último, no reunir los requisitos para acceder a la jubilación ordinaria
Causas para el cese de actividad
- Primeramente, pérdidas en un año superiores al 10% de los ingresos obtenidos en un mismo período (sin incluir el primer año de actividad)
- Ejecuciones judiciales o administrativas por deudas, que comporten al menos el 30% del ejercicio anterior
- Divorcio o separación cuando el autónomo ayude en el negocio familiar de su excónyuge
- Pérdida de licencia administrativa
- Finalmente, causas de fuerza mayor
En ningún caso se considera cese de actividad la suspension de la misma de forma voluntaria
Duración de la prestación
- De 12 a 17 meses cotizados = 2 meses de prestación
- Período de 18 a 23 meses cotizados = 3 meses de prestación
- Entre 24 y 29 meses cotizados = 4 meses de prestación
- De 30 a 35 meses cotizados = 5 meses de prestación
- De 36 a 42 meses cotizados = 6 meses de prestación
- Período de 43 a 47 meses cotizados = 8 meses de prestación
- Por último, a partir de 48 meses cotizados = 12 meses de prestación
Trabajadores autónomos entre 60 y 64 años
Para estos trabajadores autónomos existen algunas variaciones para el desempleo autónomo:
- Es necesario un periodo de cotización ininterrumpido mínimo de 12 meses
Cuantía de la prestación
La base reguladora será el promedio de las 12 bases inmediatamente anteriores al cese, siendo la cuantía de la prestación el 70% de la misma.
Incompatibilidades
- El trabajo por cuenta propia o ajena
- Pensiones o prestaciones económicas de la Seguridad Social
Dónde debe solicitarse
En la Mutua de Accidentes de trabajo y Enfermedades Profesionales con la que se tenga cubierta la protección por contingencias profesionales. Excepto para aquellos autónomos que no tengan mutua, la gestión corresponde al Servicio Público de Empleo Estatal.
Cuanto tarda en empezar a percibirse
A partir del primer día del segundo mes siguiente a aquel en que se produjo el hecho causante.
Plazo para su solicitud
Hasta el último día del mes siguiente al que se produjo el cese de actividad.
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