Nuevas medidas contra el blanqueo de capitales

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Nuevas medidas contra el blanqueo de capitales

Nuevas medidas contra el blanqueo de capitales

 

Las nuevas medidas contra el blanqueo de capitales

Nuevas medidas contra el blanqueo de capitales aprobadas por el Parlamento Europeo. La reforma permitirá a cualquier ciudadano a acceder a la información de los titulares efectivos de las empresas que operan en la Unión Europea.

El principal objetivo de las nuevas medidas contra el blanqueo de capitales es terminar con la opacidad de determinadas sociedades, denominadas empresas buzón.

Objetivos de la normativa aprobada

  • En primer lugar, la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales.
  • También se pretende evitar la financiación del terrorismo.

Qué se considera blanqueo de capitales

  • Conversión o transferencia de bienes:
    • Cuando se sepa que proceden de actividades o hechos delictivos
    • De la misma forma, si se conoce:
      • su participación en algún hecho delictivo
      • si se pretende ocultar o encubrir el origen ilícito
      • también cuando se pretenda ayudar a personas implicadas en dichas actividades
      • por último, si se pretende eludir las consecuencias jurídicas de los delitos
  • Ocultación o encubrimiento de la naturaleza, origen, localización o disposición de bienes, sabiendo su origen ilegal.
  • También se considerará blanqueo de capitales:
    • la adquisición, posesión o utilización de bienes procedentes de actividades delictivas
    • participación en acciones delictivas
    • asociación para cometer estas acciones delictivas
    • tentativas de realizar actividades ilícitas
  • Asimismo, también se considerará blanqueo de capitales cuando estas actividades se desarrollen en terceros países.

Qué se entiende por financiación del terrorismo

  • En primer lugar, el suministro o la recogida de fondos con la intención de utilizarlos.
  • También se considerará así el conocimiento de la intención de utilizar dichos fondos, íntegramente o en parte.

A quién se dirige esta normativa

  • Entidades de crédito
  • Entidades financieras
  • Personas físicas o jurídicas en el ejercicio de su actividad profesional
    • auditores
    • notarios
    • agentes inmobiliarios
    • proveedores de servicios de azar

Medidas adoptadas

  • En primer lugar, prohibición de mantener cuentas o libretas de ahorro anónimas.
  • También se deberán aplicar medidas de diligencia:
    • al establecer relaciones de negocios
    • cuando se efectúen transacciones ocasionales superiores a 15.000 €
    • De la misma forma, cuando se sospeche de operaciones de blanqueo de capitales
    • Por último, cuando existan dudas sobre la veracidad de los datos de identificación
  • Los Estados miembros deben velar por la identidad de las personas jurídicas:
    • mediante la información precisa y actual de la titularidad real
    • los datos deben estar verificados por el Registro Mercantil

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