Aplazamiento de deudas de la Seguridad Social

Aplazamiento de deudas de la Seguridad Social

Aplazamiento de deudas de la Seguridad Social

Cómo tramitar el aplazamiento de deudas de la Seguridad Social

Para el pago de cualquier deuda viva que se mantenga con la Tesorería General de la Seguridad Social se puede solicitar un aplazamiento de deudas. Los aplazamientos se concederán cuando se cumplan las condiciones establecidas.

Para la solicitud de los aplazamientos se deberá rellenar el modelo de solicitud disponible en cualquiera de las Administraciones de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Lo normal es acudir a la Administración en la que se tiene la deuda que se pretende aplazar para gestionar directamente este trámite.

El plazo máximo que se puede solicitar es de 5 años. No obstante, la Seguridad Social fijará los plazos definitivos en función del importe de la deuda y de las circunstancias del deudor.

La concesión de cualquier aplazamiento generará el devengo de intereses conforme al interés legal del dinero.

Lo más práctico es realizar todos los trámites relacionados con la solicitud de aplazamiento a través de la sede electrónica de la Seguridad Social.

Aplazamiento de deudas de la Seguridad Social
Aplazamiento de deudas de la Seguridad Social

Deudas no aplazables

Se puede solicitar el aplazamiento de cualquier deuda que se mantenga con la Seguridad Social, así como recargos sobre cuotas impagadas.

No obstante, hay dos tipos de deuda que no tienen la consideración, bajo ningún concepto, de ser susceptibles de aplazamiento:

  • Cuotas que cubren accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • La cuota que de los trabajadores que empleadores retienen en la nómina mensual de éstos.

Documentación necesaria

Con respecto a la documentación necesaria para proceder a hacer la solicitud del aplazamiento, es imprescindible aportar:

  • En primer lugar, el modelo de solicitud del aplazamiento
  • También el documento de reconocimiento de la deuda
  • Además, la confirmación de pago de la parte de deuda que no se nos permite aplazar
  • Finalmente, el plan de amortización, en el que se deberá indicar:
    • el tiempo de aplazamiento que necesitaríamos
    • cuánto proponemos pagar en cada plazo.
    • Es importante poder proporcionar argumentos que justifiquen el aplazamiento solicitado.
Aplazamiento de deudas de la Seguridad Social

Avales y garantías

Para cantidades inferiores a 30.000€, la administración no pedirá ninguna garantía.

Si la deuda sobrepasa este límite, se nos exigirá un aval.

La administración podrá solicitarnos cualquier tipo de documentación adicional si lo considera necesario.

Si finalmente se nos concede el aplazamiento, figuraremos al corriente de pago a todos los efectos con la Administración Pública.

Nota editorial: Esta es una versión actualizada en 2022. Para consultar la noticia original, pincha aquí.



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