Declaración de la Renta de 2024

La Declaración de la Renta de 2024

Modelos y plazos oficiales para la Renta 2024 (a presentar en 2025).

El 2 de abril de 2025 comenzó la campaña oficial de la Renta correspondiente al ejercicio 2024, que finalizará el día 30 de junio. Aquí te dejamos los puntos clave y algunos consejos útiles para preparar tu declaración de la Renta.

➔¿Cuáles son los cambios y novedades en la Campaña de la Renta?

Los cambios y novedades en la Campaña de la Renta son los siguientes:

  • La Renta de 2024

  • La Renta de 2023

Fechas de la campana

Se estableció el inicio de la campaña el 2 de abril de 2025 y su finalización el 30 de junio de 2025.

Declaración de la Renta de 2024

Modelos de declaración

Se aprobaron los modelos D-100, 100 y 102 para la declaración del IRPF.

Procedimientos de obtención y presentación del borrador

Se detallaron los procedimientos para la obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del IRPF.

Declaración de la Renta de 2024

Presentación electrónica

Se mantuvo la obligatoriedad de presentar la declaración del IRPF por medios electrónicos.

Campaña de IRPF más larga de la historia

La campaña de IRPF comenzará el 3 de abril y se extenderá hasta el 1 de julio.

Nuevos límites exentos para declarar

Se introduce un nuevo límite exento para hacer la renta con dos pagadores que sube en 1.000 euros. En la renta 2023, quienes hayan percibido menos de 15.000 euros con dos o más pagadores y hayan cobrado más de 1.500 euros del segundo y siguiente pagador no tendrán que tributar​​.

Declaración de la Renta de 2023: Modelo 100

Todos los autónomos están obligados a declarar

 Independientemente de sus ingresos, tienen la obligación de presentar la declaración de la renta TODOS los autónomos que hubieran estado dados de alta en 2023.

Deducción por adquisición de vehículos eléctricos

Se podrá desgravar hasta un 15% del valor de compra de coches eléctricos hasta un máximo de 2.000 euros​.

Prórroga de deducciones por mejora energética

Se prorroga la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas iniciadas en 2023 Esta deducción se mantendrá a lo largo de 2024​.

Declaración de la Renta de 2023: Modelo 100

Declaración 100% online

Es de obligado cumplimiento realizar la declaración de la renta de forma exclusiva por medios electrónicos, aunque se mantiene la atención telefónica y presencial.

Cambios en las deducciones por alquiler de viviendas

La Ley de Vivienda establece incentivos fiscales en el IRPF para nuevos contratos de arrendamiento destinados a vivienda habitual, aunque estas bonificaciones están supeditadas a la declaración de áreas de mercado tensionado por parte de las Comunidades Autónomas. Se reduce la deducción por alquiler en el régimen general del 60% al 50% para nuevos contratos​​.

¿Qué es la Declaración de la Renta?

En primer lugar, la ‘Declaración de la Renta’ es el proceso mediante el cual los contribuyentes informan a la Agencia Tributaria (AEAT) sobre los ingresos obtenidos a lo largo del año, así como sobre sus deducciones y circunstancias fiscales. Este procedimiento forma parte del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Por su parte, ‘La Campaña de la Renta’ es el periodo anual habilitado para presentar dicha declaración, en el que las personas físicas deben regularizar su situación fiscal conforme a lo establecido en la normativa vigente.

¿Qué es el lmpuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)?

El ‘Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas’ (o ‘IRPF’) es el tributo que grava los ingresos obtenidos por las personas físicas residentes en España. Se aplica sobre distintas fuentes de renta, como salarios, pensiones, intereses, dividendos, alquileres o ganancias patrimoniales. Su naturaleza es progresiva, lo que significa que el tipo impositivo varía en función del nivel de ingresos y la situación personal y familiar del contribuyente. Este impuesto es gestionado por la Agencia Tributaria (AEAT) y representa una de las principales fuentes de financiación del gasto público en España.

¿Cómo se presenta la Declaración de la Renta?

Para presentar la Declaración de la Renta, los contribuyentes deben completar un formulario en el que se reflejen los ingresos obtenidos durante el ejercicio fiscal anterior, así como las retenciones practicadas y las deducciones aplicables. La Agencia Tributaria (AEAT) utiliza esta información para determinar si el contribuyente debe abonar una cantidad adicional o si tiene derecho a una devolución.

Además, es fundamental realizar este trámite de forma exacta y dentro del plazo establecido, ya que la omisión o la presentación incorrecta pueden dar lugar a sanciones.

Finalmente, cada situación personal o económica puede afectar al resultado de la declaración, por lo que se recomienda utilizar las herramientas de ayuda de la AEAT o contar con asesoramiento especializado para asegurar una presentación correcta y completa.

¿Cuándo tengo que hacer la Declaración de la Renta?

La declaración de la renta es obligatoria para la mayoría de los ciudadanos y residentes en España, y el plazo para presentarla suele ser entre abril y junio de cada año, aunque las fechas exactas pueden variar.

A continuación, te presentamos las fechas oficiales de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2024 según la Orden HAC/242/2025, publicada en el BOE el 14 de marzo de 2025:

Es importante cumplir con estos plazos para evitar posibles sanciones o recargos.

Calendario 2025 Contribuyente #04 Abril
Calendario 2025 Contribuyente #05 Mayo
Calendario 2025 Contribuyente #06 Junio

Notas importantes:

✔ La presentación online es la más habitual y recomendada.
✔ Si tienes derecho a devolución, puedes presentarla desde el primer día (2 de abril).
✔ Si debes pagar, el plazo para hacerlo sin recargo finaliza el 30 de junio.
✔ Fuera de plazo, podrían aplicarse sanciones o recargos.

¿Qué tipo de declaración debo presentar?

  • La declaración puede presentarse bajo la modalidad de tributación individual o conjunta.
  • Hasta que no se procesan todos los datos económicos de la unidad familiar no es posible valorar qué opción resultará más favorable para el contribuyente.
  • Además, la declaración conjunta tiene dos variables:
    • En primer lugar, entre los cónyuges con todos sus hijos menores de 18 años o mayores incapacitados sujetos a patria potestad.
    • Además, en los casos de separación legal, entre padres o madres con todos los hijos menores de 18 años con los que convivan.

¿Hay que declarar todos los ingresos de 2024?

  1. Primeramente, los rendimientos de trabajo. Todos los recibidos de un empleador.
  2. Los rendimientos de capital mobiliario.
  3. Además, los rendimientos del capital inmobiliario.
  4. También los rendimientos de actividades económicas.
  5. El importe consumido del Bono Cultural recibido por los jóvenes de 18 años.
  6. Por último, las ganancias y pérdidas patrimoniales que se hayan generado en 2024.

¿Qué debo hacer si tengo ingresos por alquilar una vivienda?

  • Estos ingresos se declaran bajo la modalidad de rendimientos de capital inmobiliario.
  • La normativa de la Ley de IRPF admite la deducción de algunos de los gastos que se generen, entre los que destacan los siguientes:
    • En primer lugar, los intereses y gastos de financiación.
    • Tasas y tributos municipales.
    • Además, servicios de vigilancia, portería, jardinería, etc…
    • Gastos jurídicos cuando se iniciara algún proceso de desahucio.
    • También los saldos de dudoso cobro en el caso de impagos.
    • Gastos de conservación y reparación.
    • Seguros.
    • Servicios y suministros que no se repercutan al inquilino.
    • Finalmente, amortización de la vivienda, equivalente al 3% anual del valor catastral de la construcción.
Declaración de la Renta de 2024

¿Tengo derecho a alguna deducción?

  1. Primeramente, los inquilinos tienen derecho a deducir los pagos que hagan en algunas Comunidades Autónomas.
  2. Deducción por donativos a entidades acogidas a la Ley 49/2002, hasta un máximo de 120 euros.
  3. También la deducción por obras de mejora o eficiencia energética.
  4. Deducción por maternidad.
  5. Por último, deducción por familia numerosa o persona con discapacidad.

Me sale a pagar, ¿cómo puedo pagar la declaración?

  1. Domiciliación bancaria (recomendado)
    • El pago total se carga automáticamente el 1 de julio de 2025.
  2. Pago manual en tu banco
    • Realiza el ingreso antes del 30 de agosto de 2025 en cualquier entidad colaboradora (BBVA, Santander, etc.).
  3. Fraccionamiento en dos plazos
    • 1 de julio de 2025: Se cobra el 60%.
    • 5 de noviembre de 2025: Se cobra el 40% restante.
    • Requiere seleccionar esta opción al presentar la declaración.

⚠ Atención:

  • Si no pagas antes del 30 de junio, habrá recargos.
  • Si falla el pago fraccionado, se aplica un 5% de recargo.
Declaración de la Renta de 2023: lunes el 01 de julio de 2024
Declaración de la Renta de 2023: viernes el 30 de agosto de 2024
Declaración de la Renta de 2023: martes, el 5 de noviembre de 2024

Si me equivoco, ¿puedo cambiar la declaración ya presentada?

  • En el caso de que se produzca un error que motive una devolución superior debe solicitarse la rectificación de la renta presentada.
  • Si el contribuyente tuviera que pagar un importe superior al inicialmente consignado, deberá presentar una declaración complementaria.
  • En estos casos, el recargo será del 1% más otro 1% por cada mes adicional que haya pasado desde el 30 de junio.
  • Por último, si es la AEAT la que detecta el error, el recargo será del 20%, a los que habría que sumar los intereses de demora y la sanción tributaria.

¿Qué documentación se necesita para hacer la Declaración de la Renta?

Antes de comenzar con tu declaración de la Renta, reúne toda esta documentación. Muchos de estos documentos son aportados automáticamente a tu borrador por la Agencia Tributaria, pero tenerlos a mano te permitirá revisar y confirmar todos los datos correctamente. No habrá que incluirla en la Declaración, pero deberá conservarse durante 5 años.

Datos personales

  • Nombre completo, fecha de nacimiento, domicilio.
  • Nombre y fecha de nacimiento del cónyuge e hijos.

Ingresos y retenciones

  • Certificado de retenciones sobre salarios (lo facilita la empresa).
  • Certificado de prestaciones y retenciones (pensiones y desempleo) (lo facilita la Seguridad Social o el Servicio público de Empleo Estatal (SEPE)).
  • Certificado de retención de profesionales (emitido por clientes o empresas que te han retenido IRPF).
  • Modelo 111 y 115, si eres autónomo con retenciones practicadas.

Bancos y cuentas

  • Certificado de cuentas bancarias (intereses abonados y retenciones).
  • Resguardo de ingreso en cuenta vivienda (si aplica).

Vivienda habitual y alquiler

  • Recibo del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) (datos catastrales y cuota anual).
  • Certificado de hipoteca o recibo de alquiler (con NIF del arrendador).
  • Recibos por alquiler de casas o garajes.
  • Certificado de retenciones sobre alquiler de locales de negocio (facilitado por el arrendatario).

Inversiones y activos financieros

  • Certificado de valores cotizados: acciones, deuda pública o privada.
  • Certificado de valores no cotizados: participaciones sociales.
  • Certificado de fondos de inversión: FIM, FIAMM, SIM, SICAV.

Seguros y pensiones

  • Certificado de seguros de vida, jubilación o enfermedad (lo emite la aseguradora).
  • Certificado del plan de pensiones.

Deducciones especiales

  • Certificado de invalidez y acreditación de necesidad de obras en vivienda habitual (emitido por IMSERSO o entidad autonómica).
  • Recibos de donaciones a entidades benéficas con derecho a deducción.

Declaraciones e impuestos presentados

El borrador de la AEAT

Esta información puede sustituirse por el borrador de la AEAT, que se puede descargar. Sólo hay que indicar el importe de la casilla 620 de la Declaración de la Renta del año anterior y un número de teléfono para verificar la información y el código de descarga de la información.

Una vez que nos pongamos con tu declaración, te comunicaremos si nos hace falta algo más.

Declaración de la Renta de 2024

➔ Descargar los recursos de la renta de 2024

¿Cuál es el marco legal de la Renta de las Personas Físicas (IRPF)?

Aunque no es necesario leerse todo el BOE, es conveniente conocer las fuentes oficiales.

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Ley 35/2006

Ley 35/2006 es la normative fundamental que regula el IRPF en España, estableciendo la estructura impositiva, tipos gravamen (19%-47%) y categorías de renta. La Ley 35/2006 derogó el RD Legislativo 3/2004, que había sido el primer texto refundido del IRPF.

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Real Decreto 439/2007

Real Decreto 439/2007 desarrolla cómo aplicar la Ley del IRPF, con detalles sobre plazos, modelos de declaración y obligaciones formales.

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Ley 38/2022

Ley 38/2022 actualiza los los Presupuestos Generales del Estado, modificando tramos y deducciones.

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Orden HAC/242/2025

Orden HAC/242/2025, publicada en el BOE el 14/03/2025, fija las fechas para presentar la declaración (abril-junio 2025) y los métodos de pago.. La Orden HAC se publica anualmente con numeración correlativa.

Diario Oficial de la Unión Europea

Directiva 2011/16/UE del Consejo

Directiva 2011/16/UE es la normative europea que regula el intercambio automático de información fiscal entre países de la UE.

Normativa Autonómica

Normativa Autonómica

Las comunidades autónomas pueden establecer deducciones adicionales (como la valenciana para familias numerosas o alquiler) sin modificar la estructura nacional del IRPF.

▶ El BOE publica el compendio actualizado de toda la normativa aplicable.


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