Pasos a seguir tras un accidente de trabajo – II

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Pasos a seguir tras un accidente de trabajo – II
Pasos a seguir tras un accidente de trabajo – II

Pasos a seguir tras un accidente de trabajo – II

Pasos a seguir tras un accidente de trabajo – II, con baja médica

La semana pasada indicábamos los pasos a seguir en el caso de que el trabajador accidentado no causara baja tras el accidente de trabajo. Hoy trataremos los pasos a seguir cuando si causa baja laboral.

Si la Mutua determina que el trabajador debe ausentarse, al menos, durante un día de su puesto de trabajo, pasará a la situación de baja laboral y la empresa deberá cumplimentar el correspondiente parte de accidente de trabajo.

El plazo para presentar el parte de accidente de trabajo a través del sistema DELTA es de cinco días hábiles desde la fecha en la que ocurrió el accidente o desde la fecha de la baja médica por este motivo si fuera posterior.

Si la empresa no presentara el parte de accidente de trabajo, podría incurrir en una infracción de carácter grave, cuya sanción por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social consiste en una multa de entre 1.502 y 40.985 euros en fución de la gravedad del accidente de trabajo.

El parte de accidente de trabajo se cumplimentará de la siguiente forma:

  • Debe indicarse si se trata de un accidente nuevo o una recaída de un accidente anterior.

  • Datos del trabajador: NAFSS, nacionalidad, NIF, ocupación, antigüedad en el puesto de trabajo, tipo de contrato, Régimen de la Seguridad Social en el que está encuadrado.

  • Datos de la empresa: NIF, C.C.C., actividad económica principal, número de trabajadores.

  • Datos del lugar en el que ha ocurrido el accidente de trabajo: hay que identificar exactamente la ubicación del centro de trabajo o el lugar en el que se ha producido el accidente.

  • Datos del accidente: Hora de trabajo, descripción exhaustiva del accidente, tipo de lugar, tipo de trabajo, actividad típica específica (cortar carne, manejo de máquinas, etc…), agente material de la actividad física, agente material causante de la lesión, forma o contacto de la lesión y testigos del accidente.

  • Datos asistenciales: Descripción de la lesión y parte del cuerpo lesionada, grado de la lesión, tipo de asistencia sanitaria recibida.
  • Datos económicos: Base de cotización mensual.

Cuando el accidente de trabajo tiene la consideración de grave o muy grave, ha ocasionado el fallecimiento del trabajador o ha afectado a más de cuatro trabajadores, la empresa, además de cumplimentar el correspondiente parte de trabajo, sino que también deberá comunicar el accidente de trabajo a la autoridad laboral de la provincia en la que hubiera ocurrido el accidente. No hará falta hacerlo cuando el accidente tenga la consideración de in itinere.

Los partes médicos de baja y confirmación de la baja justifican el inicio o mantenimiento de una situación clínica que impide realizar la actividad laboral habitual. Antes de su emisión, se debe realizar el reconocimiento médico del trabajador.

Una vez curadas las lesiones sufridas por el trabajador accidentado, o cuando la situación de estas lesiones sea definitiva, aunque queden secuelas residuales, el equipo médico extenderá el correspondiente parte médico de alta laboral, lo que implicará:

  • Para el trabajador: la reincorporación a su puesto de trabajo el día siguiente al de la fecha de emisión del parte y la finalización, por lo tanto, de su situación de incapacidad temporal.

  • Para la mutua: la extinción de la obligación de abonar el subsidio correspondiente.

  • Para la empresa: la extinción de la obligación del pago delegado.