Obligaciones fiscales y festivos DICIEMBRE 2020

  • Autor de la entrada:
  • Categoría de la entrada:AEAT / Fiscal

Obligaciones fiscales y festivos DICIEMBRE 2020

Atención, información de las diferentes obligaciones fiscales y festivos DICIEMBRE 2020.

Las distintas obligaciones fiscales y festivos DICIEMBRE 2020

Obligaciones fiscales mes de DICIEMBRE 2020, hasta el LUNES día 21:

  • Presentación GRANDES EMPRESAS:
    • Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230, 349
  • Además, Pagos a cuenta Impuesto Sociedades
    • Modelo 202 3P

Obligaciones fiscales mes de DICIEMBRE 2020, hasta el MIÉRCOLES día 30:

  • IVA:
    • Presentación grandes empresas, Modelo 303

Obligaciones fiscales mes de DICIEMBRE 2020, hasta el JUEVES día 31:

  • IVA:
    • Modificaciones censales

Festivos nacionales o autonómicos en DICIEMBRE 2020

  • Lunes 7 de diciembre, festivo en TODA ESPAÑA, excepto en CANTABRIA, CASTILLA LA MANCHA, CATALUÑA, COMUNIDAD VALENCIANA, GALICIA y PAÍS VASCO
  • Martes 8 de diciembre, FESTIVO NACIONAL, Inmaculada Concepción.
  • Viernes 25 de diciembre, FESTIVO NACIONAL, NAVIDAD
  • Sábado 26 de diciembre festivo en BALEARES y CATALUÑA

Festivos aprobados mediante la resolución del día 11 de octubre de 2019 de la Dirección General de Empleo por la que establecía la relación de fiestas laborables para el año 2020 de ámbito nacional, de Comunidad Autónoma y de las ciudades de Ceuta y Melilla, publicados en el Boletín Oficial del Estado el 20 de octubre, de conformidad con lo establecido en el artículo 45.5 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio.

Finalmente, los diferentes tipos de presentaciones pueden ser:

La obligación de presentar las autoliquidaciones periódicas puede ser de carácter:

  • Trimestral, para empresarios individuales en estimación objetiva o directa.
  • Mensual, para empresarios individuales, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € en 2014 (grandes empresas) y para sujetos pasivos del IVA inscritos en el Registro de devolución mensual (REDEME).

Formas de presentaciones

Por último, es posible elegir entre las diversas formas de presentación de cada modelo, salvo que se establezca la obligatoriedad de utilizar alguna:

  • Electrónica, con DNI electrónico, certificado electrónico, PIN 24 horas, Cl@ve PIN, o con un número de referencia.
  • Soporte directamente legible por ordenador.
  • Telemática por teleproceso, sólo para los modelos 185 y 186.
  • SMS, sólo para los modelos 390 y 347 de comunidades de propietarios.
  • Además, se podrá hacer por impreso convencional (pre-impreso) o generado mediante el servicio de impresión de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
  • Recuerde que todos los contribuyentes que deban presentar los siguientes modelos están obligados a hacer la presentación por Internet: 034, 039, 108, 202, 216, 230, 322, 353, 360, 361, 367, 368, 410, 430, 480, 576, 714 (junto al modelo 100), 720 y 763. Y también para menos de 10 millones de registros, en los modelos: 159, 170, 171, 181, 187, 189, 192 y 196.


En TSP ASESORES, Tu Asesoria Online, somos especialistas en asesoramiento fiscal, contable y laboral.

Te ayudamos a elegir la mejor forma jurídica para tu actividad económica (sociedades mercantiles, civiles, autónomos, etc…). También te informamos y ayudamos para que todos los trámites necesarios para iniciar tu actividad económica se simplifiquen al máximo.

Consúltanos sin compromiso

Te informaremos de los servicios que ofrecemos para pymes, autónomos y particulares.

TSP ofrece información actualizada de noticias interesantes, avisos de seguridad y de actualidad, así como información que pueda ser de interés para tu actividad económica.​​​ ​​

Síguenos en nuestras redes sociales.

TSP Noticias