
Calendario con las obligaciones fiscales JUNIO 2015
Las obligaciones fiscales
Obligaciones fiscales desde el 11 de mayo hasta el 30 de JUNIO de 2015:
– Presentación en entidades colaboradoras, Comunidades Autónomas y oficinas de la AEAT del borrador y de la declaración anual 2014: D-100 (Declaración de la Renta y Patrimonio del ejercicio 2014).
Obligaciones fiscales JUNIO 2015, hasta el LUNES día 22:
– Grandes empresas, MODELOS 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128
– Autoliquidación mensual IVA, MODELOS 303, 309, 311, 340, etc…
Obligaciones fiscales JUNIO 2015, hasta el JUEVES día 25:
– Renta 2014 con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta, MODELO D100
Obligaciones fiscales JUNIO 2015, hasta el MARTES día 30:
– Renta 2014 con resultado a devolver, renuncia a la devolución, negativo y a ingresar sin domiciliación, MODELO D100
Festivos nacionales o autonómicos en JUNIO 2015
– Jueves 4, Festivo autonómico en CASTILLA LA MANCHA y MADRID
– Martes 9, Festivo autonómico en MURCIA y LA RIOJA
– Miércoles 24, Festivo autonómico en CATALUÑA
Festivos aprobados mediante la resolución del día 17 de octubre de 2014 de la Dirección General de Empleo por la que establecía la relación de fiestas laborables para el año 2015 de ámbito nacional, de Comunidad Autónoma y de las ciudades de Ceuta y Melilla, publicados en el Boletín Oficial del Estado el 24 de octubre, de conformidad con lo establecido en el artículo 45.5 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio.
Presentar autoliquidaciones periódicas
Obligaciones fiscales JUNIO 2015, la obligatoriedad de presentar autoliquidaciones periódicas puede ser:
- Trimestral, para empresarios individuales en estimación objetiva o directa.
- Mensual, para empresarios individuales, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € en 2014 (grandes empresas) y para sujetos pasivos del IVA inscritos en el Registro de devolución mensual (REDEME).
Presentación de cada modelo
Es posible elegir entre las diversas formas de presentación de cada modelo, salvo que se establezca la obligatoriedad de utilizar alguna:
- Electrónica, con DNI electrónico, certificado electrónico, PIN 24 horas, Cl@ve PIN, o con un número de referencia.
- Soporte directamente legible por ordenador.
- Telemática por teleproceso, sólo para los modelos 185 y 186.
- SMS, sólo para los modelos 390 y 347 de comunidades de propietarios.
- Impreso convencional (preimpreso) o generado mediante el servicio de impresión de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.