Los trabajadores Extranjeros como Autónomos

Los trabajadores Extranjeros como Autónomos

Los trabajadores Extranjeros como Autónomos

 

Guía para los trabajadores Extranjeros como Autónomos

En primer lugar, los extranjeros residentes en España que quieran comenzar a realizar una actividad por cuenta propia deberán contar con la correspondiente autorización administrativa.

Para ello, es imprescindible contar con los siguientes requisitos:

  • No ser ciudadano de la Unión Europea, Suiza o del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega).
  • Encontrarse de forma legal en España.
  • Carecer de antecedentes penales.
  • No tener prohibida la entrada en España.
  • Poseer la cualificación profesional exigible o experiencia acreditada para el ejercicio de la actividad económica.
  • Acreditar los recursos económicos suficientes para su manutención y alojamiento.

Documentación exigible

Además de cumplir los requisitos exigibles, deberán aportarse los siguientes documentos, junto con los originales de los mismos:

  • Solicitud en el impreso oficial, modelo EX-07.
  • Copia del pasaporte.
  • Copia de la documentación que acredite la capacitación y cualificación profesional.
  • Proyecto del establecimiento o de la actividad a realizar.
  • Acreditación de poseer la inversión económica suficiente.

Pasos a seguir

Para finalizar, el procedimiento a segur será el siguiente:

  • En primer lugar, la documentación debe presentarla directamente el interesado en la oficina consular de su lugar de residencia.
  • Abonar las tasas de residencia y de trabajo.
  • A continuación, la Administración deberá resolver la solicitud en un plazo inferior a los 3 meses desde la presentación de la documentación.
  • La renovación de las autorizaciones de residencia y trabajo podrá hacerse a su expiración, cuando:
    • Se acredite la continuidad en la actividad.
    • El cónyuge cumple con los requisitos para reagrupar al trabajador.
    • Se reconozca al trabajador extranjero la protección por cese de actividad.

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