Se reanuda el modelo 179, descubre ahora como ha cambiado

Se reanuda el modelo 179

Se reanuda el modelo 179

Descubre ahora como el modelo 179 ha cambiado

A partir del 26 de junio de 2021 se reanuda el modelo 179, descubre ahora como ha cambiado. Todas las cesiones de viviendas con fines turísticos tendrán que declararse en el modelo 179. Todas las denominadas plataformas de alquiler turístico, es decir aquellas que intermedian en la cesión del uso de viviendas con fines turísticos, tienen a partir de la fecha antes indicada, la obligación de presentar el modelo 179.

Por otro lado, los propietarios y los huéspedes quedan exentos de presentar esta declaración informativa. Solo están obligadas aquellas entidades que intermedian entre ellos.

¿Cuándo se tiene que presentar?

Este modelo se tiene que presentar de forma trimestral. El plazo de presentación correspondiente al segundo trimestre de 2021 se llevará a cabo desde el día 1 de octubre hasta el 2 de noviembre de 2021.

Se reanuda el modelo 179, descubre ahora como ha cambiado
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¿Qué debe contener esta declaración?

El modelo 179 debe incluir todas las operaciones de cesión de viviendas con fines turísticos durante el periodo al que se refiere la declaración.

Será necesario declarar la siguiente información:

  • Titular de la vivienda
  • Titular del derecho por el que se cede la vivienda y la identidad de las personas a las que se cede
  • Identificación de la vivienda
  • Número de días de la cesión
  • Importe de la cesión
  • Fecha de inicio
  • Número de factura/contrato
  • Medio de pago utilizado

Cuando la propiedad pertenezca a varias personas o entidades, se deberá hacer constar a todas ellas en el Modelo 179. De la misma forma, cuando los cedentes de la vivienda sean distintos a los titulares de la misma, se deberá también informar de cada uno de ellos.



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