Las Mutuas colaboradoras de la Seguridad Social

Las Mutuas colaboradoras de la Seguridad Social
Las Mutuas colaboradoras de la Seguridad Social

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Qué son las Mutuas colaboradoras de la Seguridad Social

Las Mutuas colaboradoras de la Seguridad Social son asociaciones privadas de empresarios sin ánimo de lucro cuyo objetivo es colaborar en la gestión de algunas de las prestaciones que ofrece la seguridad social.

Por consiguiente, estas mutuas están gestionando recursos públicos, por lo que su administración y dirección corresponde a la Administración del Estado.

Principales funciones de las Mutuas colaboradoras de la Seguridad Social

  • Gestionar accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
  • Mejora las condiciones de trabajo en las empresas y prevención de riesgos laborales
  • Cubrir la prestación económica de la Incapacidad Temporal por Contingencias Comunes
  • Cubrir la protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos
  • Gestionar la prestación por cuidado de menores afectados por enfermedad grave
  • Gestionar de las prestaciones por riesgo durante el embarazo y lactancia

Colaboración entre las Mutuas colaboradoras de la Seguridad Social

Una empresa con diferentes centros de trabajos en una misma provincia no podrá afiliarse a diferentes Mutuas.

No obstante, sí lo podrá hacer en caso de tener centros de trabajos en diferentes provincias.

De esta manera las Mutuas intentan mejorar sus servicios a nivel provincial para competir mejor entre ellas.

Obligatoriedad

Tanto empresas como autónomos están obligados a cubrir con una mutua la incapacidad temporal por contingencia común de sus trabajadores.

No obstante, la cobertura de las contingencias profesionales con una Mutua es totalmente voluntaria.

Ventajas que ofrecen

Uno de los objetivos de las mutuas es atender con más rapidez a todos aquellos trabajadores que sufran accidentes de trabajo, así como proporcionarles seguimiento y tratamientos de alta calidad.

Un trabajador protegido por una Mutua puede ser atendido por otra si las circunstancias así lo requieren.

Esto es posible gracias a los múltiples acuerdos de colaboración entre las diferentes mutuas.

Requisitos para la constitución de una Mutua

  • Su actividad debe limitarse únicamente a la colaboración con el Sistema de Seguridad Social.
  • Debe ser constituida por cincuenta empresarios y treinta mil trabajadores, con un volumen anual de cuotas de 20.000.000 euros por las contingencias de accidente de trabajo y enfermedades profesionales.
  • Deben prestar una fianza mínima de 180.303,63€ como garantía de cumplimiento de sus obligaciones

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