Impulso del autoempleo individual

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Impulso del autoempleo individual

Impulso del autoempleo individual

Impulso del autoempleo individual

El impulso del autoempleo individual ha dado lugar a la puesta en marcha de distintas actuaciones dirigidas a un colectivo compuesto por más de tres millones de trabajadores por cuenta propia, lo que supone el 18,5 por ciento del total de los trabajadores dados de alta en la Seguridad Social.

Impulso del autoempleo individual

El pago único constituye una medida de fomento de empleo que pretende facilitar la puesta en marcha de iniciativas de autoempleo que consistan en iniciar una actividad laboral como trabajador por cuenta propia o en incorporarse como socio trabajador o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales en funcionamiento o de nueva creación.

La Ley 31/2015, de 9 de septiembre modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y adopta medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social.

El impulso del autoempleo individual modifica algunos artículos del estatuto trabajador autónomo para impedir que el trabajador autónomo sea discriminado por razones de discapacidad. Además, el trabajador autónomo responderá con sus bienes presentes y futuros, sin perjuicio de la inembargabilidad de los bienes establecidos en los artículos 605, 606 y 607 de la Ley 1/2000, de 7 de enero.

Los trabajadores autónomos económicamente dependientes podrán contratar un trabajador en determinados supuestos especiales (riesgo por embarazo, descaso por maternidad, paternidad, cuidado de menores de siete años o tener a su cargo un familiar), sin perder la condición de trabajador económicamente dependiente.

Las bonificaciones de las cuotas de la Seguridad Social también se aplican a los socios trabajadores de cooperativas o sociedades limitadas laborales.

Otra de las medidas para el impulso del autoempleo individual es que se permite que el trabajador autónomo pueda tener trabajadores a su cargo sin perder, por ello, las bonificaciones, así como la posibilidad de compatibilizar el desempleo con el trabajo del autónomo durante 270 días, sin aplicar el límite anterior de los 30 años.

En cuanto al pago único de la prestación por desempleo, el impulso del autoempleo individual, permite obtener el 100% del mismo, constituir una sociedad mercantil nueva (ejerciendo una actividad profesional) y destinar el importe no abonado a las cuotas de la Seguridad Social.