Declaración de gastos en guardería o en centros infantiles autorizados
Para los gastos en guardería o centros infantiles, la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018 establece que el importe de la deducción por maternidad se pueda incrementar cuando se hubieran soportado gastos por la custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.
Deducción por gastos en Guarderías y Centros Infantiles, modelo 233
La Ley 6/2018, del 3 de julio, establece que el importe de la deducción por maternidad se puede incrementar hasta un máximo de 1.000 euros.
Para ello, el contribuyente debe haber contribuido a lo largo de dicho periodo en determinados gastos:
- En primer lugar, guardería
- También pueden ser centros de educación infantil autorizados para los hijos menores de tres años.
Requisitos
Para aplicarse esta deducción, es imprescindible que el contribuyente realice una actividad por cuenta propia o ajena por la cual esté dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad correspondiente.
Además, es importante saber que en el año en que el hijo menor cumpla tres años, también se podrá aplicar esta deducción.
Podrá hacerse hasta el mes anterior en el que pueda comenzar el segundo ciclo de educación infantil.
No importa si se han soportado dichos gastos con posterioridad al cumplimiento de dicha edad.
Documentación necesaria
Para la aplicación de esta deducción, no es necesario aportar ningún justificante emitido por la guardería o centro de educación infantil autorizado.
Sólo será necesario que la guardería o centro de educación infantil autorizado presente adecuadamente la declaración informativa correspondiente.
Quién está obligado a informar
Son exclusivamente las guarderías o centros infantiles las que tienen la obligación de transmitir esta información.
Tendrán que hacerlo de forma electrónica a través de una declaración informativa o modelo 233.
Plazo de presentación
El plazo para la presentación del modelo 233 será el mes de enero en relación con la información correspondiente al año inmediatamente anterior.
En 2019, no obstante, el plazo de presentación será entre el 1 de enero y el 15 de febrero.
Qué información hay que incluir
En este modelo deberán incluirse la siguiente información:
- En primer lugar, NIF, nombre y apellidos de la madre o persona con la guarda y custodia en exclusiva.
- También el NIF, nombre y apellidos del otro progenitor
- Además, el nombre, apellidos, fecha de nacimiento del menor de 3 años.
- Los meses completos en la guardería o centro de educación infantil.
- Gastos anuales pagados a la guardería o centro de educación infantil. No habrá que restar:
- Las cantidades abonadas por la empresa de la madre, padre o tutor del menor
- tampoco las cantidades subvencionadas abonadas a la guardería.
- Por último, el importe subvencionado que se abone directamente a la guardería o centro de educación infantil.
Para acabar, indicar que aquellas entidades privadas que tengan más de un centro autorizado deberán presentar una única declaración informativa.
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