Cuota de autónomos 2024 por tramos

Cuota de autónomos 2024 por tramos

Cuota de autónomos 2024 por tramos

La nueva cuota de autónomos por tramos comienza a aplicarse ya a partir del 1 de enero de 2024.

Si todavía no has comunicado la previsión de ingresos y gastos para el ejercicio 2024, puedes hacerlo con tu certificado digital a través de este enlace.

Cuota de autónomos 2023 por tramos

El tramo de rendimientos netos (ingresos menos gastos) puede modificarse cada dos meses a través del mismo enlace. Las fechas en las que entrarían en vigor son las siguientes:

  • 1 de marzo, cuando se solicite entre el 1 de enero y el 29 de febrero.
  • 1 de mayo, si se hace entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
  • 1 de julio, si la solicitud se presenta entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
  • 1 de septiembre, cuando se informa entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
  • 1 de noviembre, si se hace entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
  • 1 de enero del siguiente ejercicio, cuando se presente entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.

¿Cómo se deben calcular los rendimientos?

  1. Se deben tener en cuenta TODOS los rendimientos netos de las diferentes actividades que se realicen como trabajador autónomo.
    • Para obtener el rendimiento neto sólo hay que restar los ingresos obtenidos o que se prevén obtener de los gastos deducibles (cuotas de autónomos, suministros, gastos de explotación, etc…). Puedes aquí consultar qué gastos son deducibles en una actividad económica.
    • En la última declaración de la renta de los autónomos puedes consultar el rendimiento neto obtenido en 2022 en las casillas 231 y 235.
  2. El rendimiento neto obtenido se divide entre 12 para obtener los rendimientos netos mensuales.
  3. Si eres autónomo, al rendimiento neto mensual hay que aplicar un coeficiente reductor del 7% en concepto de gastos de difícil justificación.
  4. Si eres un autónomo societario, el coeficiente reductor será el 3%. La Seguridad Social ha establecido una base mínima de cotización de 1.000,00 euros.

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Hemos preparado una calculadora en la que sólo tienes que introducir los ingresos totales estimados para 2024, así como los gastos para el mismo período.

Ejemplo del cálculo del rendimiento neto

AUTÓNOMO persona física

  • (A) Ingresos íntegros previstos 1.100,00 € (mensuales)
  • (B) Gastos deducibles 107,00 € (mensuales)
    • Gastos previstos 100,00 €
    • Coeficiente reductor 7%: 100,00 x 7% = 7,00 €
    • TOTAL Gastos deducibles: 100,00 + 7,00 = 107,00 €
  • (C) Rendimiento neto 993,00 €
    • C = A – B = 1.100,00 € – 107,00 € = 993,00 €
  • (D) Cuota mínima a pagar de 267,00 €
    • Tramo asignado 3
    • Base mínima de 872.55 € – Cuota mínima de 267,00 €

AUTÓNOMO SOCIETARIO

  • (E) Ingresos íntegros previstos 1.100,00 € (mensuales)
  • (F) Gastos deducibles 103,00 € (mensuales)
    • Gastos previstos 100,00 €
    • Coeficiente reductor 3%: 100,00 x 3% = 3,00 €
    • TOTAL Gastos deducibles: 100,00 + 3,00 = 103,00 €
  • (G) Rendimiento neto 997,00 €
    • G = E – F = 1.100,00 € – 103,00 € = 997,00 €
    • La base mínima de los autónomos societarios es de 1.000,00 €

TRAMOS 2024


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TRAMOS 2024BASE MÍN.CUOTABASE MÁX.CUOTA MÁX.
1Hasta 670,00 €735,29225,00816,98250,00
2Entre 670,01 y 900,00 €816,99250,00900,00275,40
3Entre 900,01 y 1.166,70 €872,55267,001.166,70357,01
4Entre 1.166,71 y 1.300,00 €950,98291,001.300,00397,80
5Entre 1.300,01 y 1.500,00 €960,78294,001.500,00459,00
6Entre 1.500,01 y 1.700,00 €960,78294,001.700,00520,20
7Entre 1.700,01 y 1.850,00 €1.045,75320,001.850,00566,10
8Entre 1.850,01 y 2.030,00 €1.062,09325,002.030,00621,18
9Entre 2.030,01 y 2.330,00 €1.078,43330,002.330,00712,98
10Entre 2.330,01 y 2.760,00 €1.111,11340,002.760,00844,56
11Entre 2.760,01 y 3.190,00 €1.176,47360,003.190,00976,15
12Entre 3.190,01 y 3.620,00 €1.241,83380,003.620,001.107,73
13Entre 3.620,01 y 4.050,00 €1.307,19400,004.050,001.239,31
14Entre 4.050,01 y 6.000,00 €1.454,25445,004.139,401.266,66
15Más de 6.000,01 €1.732,03530,004.139,401.266,66

Recomendaciones

  • Como el encuadramiento en el nuevo sistema de tramos se hace mediante una previsión de los ingresos y gastos, sería aconsejable que, al menos, cada tres meses, se ajuste el cálculo conforme al rendimiento neto que figure en el modelo 130 trimestral si este importe hace que se cambie de tramos.
  • La Agencia Tributaria comunicará anualmente a la Tesorería de la Seguridad Social los rendimientos netos definitivos para comprobar que las cuotas ingresadas se han ajustado a los datos informados.
  • Si se hubiera abonado una cuota superior a la que correspondería a los rendimientos netos reales, se puede solicitar la devolución del exceso cotizado o mantenerlas así renunciando a la devolución.
  • En el caso de que se haya cotizado por debajo, la Tesorería reclamará la diferencia que se haya producido.
  • Recordar, por último, como indica la Seguridad Social, con una mayor base de cotización, mayor será el importe de las prestaciones a las que se tenga derecho (baja por enfermedad, maternidad o paternidad, etc…).
  • Por último, para los autónomos acogidos al RÉGIMEN DE MÓDULOS, el rendimiento neto se obtendrá con los datos del modelo 131.


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