Campaña de la Renta 2013

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Campaña de la Renta 2013
La declaración se podrá presentar entre el miércoles 23 de abril y el viernes 30 de junio por vía telemática. El borrador se puede pedir a partir del 1 de abril.

Para poder acceder los datos del borrador, sólo hay que introducir el N.I.F., el importe que consta en la casilla 620 de la declaración de la Renta de 2012, y el número de móvil en el que desean recibir por SMS el número de referencia. Si se solicitó expresamente el año pasado, la Agencia Tributaria enviará a los contribuyentes los mismos documentos por correo ordinario.
¿Quiénes están obligados a declarar?

Están obligadas a declarar aquellas personas que superen los 22.000 euros anuales en los rendimientos íntegros del trabajo cuando procedan de un único pagador. Si tienen más de un pagador, deberán superan los 11.200 euros anuales.

Los contribuyentes que no estén obligados a presentar declaración por el Impuesto sobre la Renta 2013 y tengan derecho a obtener una devolución, pueden utilizar el borrador para solicitar la misma.

Cada contribuyente debe revisar si sus datos personales y económicos están completos y correctos. Si no se detectan errores, puede confirmar el borrador, adquiriendo desde ese momento la consideración de declaración de Renta del ejercicio.

Si el resultado final de la declaración arroja una cantidad a ingresar a favor de la A.E.A.T. y se desea domiciliar el pago de la misma en la cuenta bancaria, la declaración se tendrá que presentar antes del 25 de junio de 2014.
¿Quiénes no pueden confirmar el borrador?

– Los contribuyentes que hubieran obtenido rentas exentas con progresividad en virtud de convenios para evitar la doble imposición suscritos por España.

– Los contribuyentes que compensen partidas negativas de ejercicios anteriores.

– Quienes pretendan regularizar situaciones tributarias procedentes de declaraciones anteriormente presentadas.

– Quienes tengan derecho a la deducción por doble imposición internacional y lo ejerciten.
Fraccionamiento del pago

Si el resultado de la declaración sale a pagar, se puede fraccionar en dos plazos:

– En el primer plazo se debe abonar el 60% del importe total a pagar.

– En el segundo plazo, el 40% restante. Este pago deberá hacerse antes del día 5 de noviembre.

No pueda fraccionarse el ingreso de las autoliquidaciones complementarias.
Novedades de la campaña 2013

Los contribuyentes podrán presentar la declaración usando su firma electrónica, así como con el nuevo sistema de firma no avanzada, denominado PIN 24 horas, que permite a cualquier persona no obligada a disponer de certificado electrónico, a presentar por internet muchas declaraciones informativas y autoliquidaciones sin necesidad de contar con el mencionado certificado.

Para utilización del PIN 24 horas, puedes consultar el siguiente enlace.

Por último, la gran novedad de esta campaña es la prohibición de presentar las declaraciones hechas a mano, para lo cual, la A.E.A.T. ofrece la posibilidad de solicitar cita previa o bien de realizar el trámite mediante el programa Padre.

Para consultar la documentación necesaria para hacer la declaración de la renta puedes hacer click aquí.