Campaña de la Declaración de la Renta 2018 II

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Campaña de la Declaración de la Renta 2018 II

Dudas y preguntas más frecuentes de la Campaña de la Declaración de la Renta 2018 II

Novedades y consideraciones de la Campaña de la Declaración de la Renta.

  1. ¿Quién debe presentar la declaración?
  2. Consultas varias sobre la declaración
  3. Plazos y forma de la presentación

▶ ¿Quién debe presentar la declaración?

  • Tienen obligación de presentarla todas aquellas personas físicas con residencia en España o cuya actividad económica radique mayoritariamente en territorio español
  • Además, sus rendimientos del trabajo deben estar por encima de los 22.000 euros
  • anuales (si se trata de un único pagador)
  • Si fueran varios pagadores, el rendimiento del trabajo debe superar los 12.643 euros.

▶ Consultas varias sobre la declaración

Contribuyentes no residentes

Los contribuyentes que se encuentren desplazados fuera del territorio español pueden realizar todos los trámites por vía elec­trónica:

  • Con referencia
  • Certificado electrónico
  • Cl@ve PIN

Si renunciaran a la devolución o su declaración es negativa, pueden enviarlas por correo certificado, dirigido a la Delegación o Administración de la Agencia Tributaria de su último domicilio habitual en España

Contribuyentes fallecidos

En estos casos, la declaración se devengará en el momento del fallecimiento y el período impositivo resultará inferior al año natural.

Si el fallecido formaba parte de una unidad familiar, los demás miembros de la familia podrán optar por la tributación conjunta, pero sin incluir las rentas del fallecido.

Por lo tanto, las declaraciones de los contribuyentes fallecidos deben presentarse siempre en modalidad individual.

Si el resultado fuera a devolver, los sucesores deberán aportar la siguiente documentación:

  • En primer lugar, certificado de defunción
  • Además, el Libro de Familia completo
  • También el certificado del Registro de Últimas Voluntades
  • Testamento
  • Finalmente, certificado bancario de titularidad de la cuenta a nombre de las personas que van a cobrar la devolución.
  • Para importes superiores a los 2.000 euros, se puede exigir documentación adicional.

Tributación individual o conjunta

Como norma general, la declaración de la renta se presenta de forma individual.

No obstante, las personas que integran dan una unidad familiar pue­den optar por la presentación conjunta.

Modalidades de pago

Cuando el resultado de la declaración sea a ingresar, el contribuyente puede optar por:

  • el fraccionamiento del importe:
    • Un primer pago del 60% en el momento de presentar la declaración
    • El 40% restante, a pagar el día 5 de noviembre de 2019
    • No pueden fraccionarse autoliquidaciones complementarias.

Finalmente, también se puede optar por la domiciliación bancaria:

  • Se pueden domiciliar ambos plazos
  • Domiciliar el pago del primer plazo y no el segundo plazo
  • Finalmente, domiciliar sólo el pago correspondiente al segundo plazo.

▶ Plazos y formas de la presentación

El plazo de presentación es desde el 2 de abril hasta el 1 de julio (si es por via electrónica) o del 14 de mayo al 1 de julio (si es de forma presencial).

En caso de que salga a devolver con domiciliación bancaria, el pazo para ambas termina el día 26 de junio.

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