Sistema de avisos de notificaciones de la AEAT

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Sistema de avisos de notificaciones de la AEAT
Sistema de avisos de notificaciones de la AEAT

Nuevo sistema de avisos de notificaciones de la AEAT

 

Nota editorial: Para consultar la versión actualizada en 2022, pincha aquí.

Sistema de avisos de notificaciones de la AEAT

La Agencia Tributaria, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ha puesto en marcha un sistema de avisos de notificaciones de la AEAT.

Recepción de avisos

De esta forma, quienes opten por la comunicación a través de este sistema podrán recibir un mensaje en su móvil o dirección de correo electrónico con la información sobre la recepción de la llegada de una notificación de la AEAT .

Características de este servicio

  • Tiene un carácter voluntario.
  • Disponible para cualquier contribuyente, tanto obligados o no a la recepción de notificaciones electrónicas.
  • El aviso no es una notificación.
  • Se recibirá el siguiente texto informativo, o similar, sobre la recepción de alguna notificación:
    • “La Agencia Tributaria ha emitido una notificación dirigida al NIF XXX”
  • Por motivos de seguridad, sólo se mostrarán algunos dígitos del NIF.
  • La falta de aviso no invalida la notificación.

Acceso al servicio para personas físicas

  • Es necesario acceder mediante certificado digital, DNI electrónico o cl@ve PIN.
  • Pueden acceder a la notificación avisada a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
  • La notificación también será enviada en papel.

Acceso al servicio para personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica

  • Es necesario acceder a través de certificado digital de representante.
  • Puede acceder a la notificación a través de la Dirección Electrónica Habilitada o de la Sede Electrónica de la AEAT.
  • Cuando la Agencia Tributaria pone a disposición del contribuyente la notificación, ésta deberá recogerse en el plazo de 10 días.
  • Una vez superado dicho plazo, la notificación se entenderá producida.
  • No es posible, de momento, recibir estos avisos a través de un móvil.