Retenciones IPRF desde el 1 de enero de 2016
Las retenciones IPRF desde el 1 de enero de 2016
Las retenciones IPRF desde el 1 de enero de 2016 pasan a ser las siguientes:
- Retenciones IRPF desde el 1 de enero de 2016 conforme a las tablas generales establecidas:
- Relaciones laborales y estatutarias en general.
- Pensiones y haberes pasivos del sistema público.
- Pensiones de sistemas privados de previsión social.
- Pensionistas con dos o más pagadores: procedimiento especial del art. 89.A del Reglamento IRPF.
- Prestaciones y subsidios por desempleo.
- Prestaciones por desempleo en la modalidad de pago único.
- Retenciones IRPF desde el 1 de enero de 2016 al 35%:
- Consejeros y administradores de entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios hubiera sido superior a los 100.000 €.
- Retenciones IRPF desde el 1 de enero de 2016 al 19%:
- Consejeros y administradores de entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios hubiera sido inferior a los 100.000 €.
- Imputación de rentas por derechos de imagen.
- Premios de jugos, concursos, rifas, etc…
- Transmisión de acciones y participaciones.
- Rendimientos del capital mobiliario.
- Rendimientos del capital inmobiliario. Arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos.
- Retenciones IRPF desde el 1 de enero de 2016 al 15%:
- Cursos, conferencias, seminarios, etc…
- Elaboración de obras literarias, artísticas o científicas.
- Actividades profesionales.
- Retenciones IRPF desde el 1 de enero de 2016 al 7%:
- Actividades profesionales iniciales (en el año de inicio y en los dos siguientes).
- Determinadas actividades profesionales (recaudadores municipales, mediadores de seguros, etc…).
- Retenciones IRPF desde el 1 de enero de 2016 al 2%:
- Actividades agrícolas y ganaderas en general.
- Actividades forestales.
- Retenciones IRPF desde el 1 de enero de 2016 al 1%:
- Actividades empresariales en Estimación Objetiva o módulos (art. 95.6 Reglamento IRPF).
Además, la Agencia Tributaria ha dispuesto en su página web la posibilidad de realizar el cálculo de las nuevas retenciones IRPF desde el 1 de enero 2016. Para acceder a esta aplicación de la AEAT, haz click aquí.